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Condenan a Municipalidad de San José y CNE por desatender barrio en riesgo

Las entidades no han sabido resolver la situación desde 2017.

Por Ingrid Hidalgo | 7 de Feb. 2023 | 7:30 pm

(CRHoy.com) La Sala Constitucional ordenó que el alcalde de la municipalidad de San José, Johnny Araya, y la encargada de la Oficina de Gestión de Riesgo a Desastres del ayuntamiento, Lorena Romero, deben coordinar e implementar una medida cautelar que garantice la integridad de los vecinos de la Urbanización Florida Norte de Hatillo, ante el riesgo que corren por un deslizamiento.

Una ciudadana de esa localidad, de apellido Umaña, interpuso un recurso de amparo contra la Municipalidad y la Comisión Nacional de Prevención de Riesgos y Atención de Emergencias (CNE) por no buscar soluciones viables para atender en el 2017 la grave situación de unos deslizamientos que estaban ocurriendo cerca del parque municipal ubicado al lado de su propiedad.

"Se condena a la Municipalidad de San José y a la Comisión Nacional de Prevención de Riesgos y Atención de Emergencias al pago de las costas, daños y perjuicios causados con los hechos que sirven de fundamento a esta declaratoria, los que se liquidarán en ejecución de sentencia de lo contencioso administrativo", señala la sentencia.

La casa de habitación de la ciudadana, de acuerdo con el fallo de la Sala, está situada en la margen del río Torres y pone en riesgo otras propiedades.

Una solución que la Municipalidad le brindó es que había que reforestar la zona, lo cual se hizo; sin embargo, esa medida al parecer empeoró la situación.

En el 2022, la zona sufrió varios problemas debido a las fuertes lluvias; los deslizamientos provocaron que más terreno cediera hasta el punto de crear un hueco enorme, el cual está a 1 metro de llegar a la parte trasera de la vivienda de la afectada.

Por ello, la recurrente se apersonó en la Comisión Nacional de Emergencias y en la Municipalidad de San José en busca de soluciones, pero no obtuvo alguna respuesta.

La afectada aseguró que recibió un plástico que no le servía para abarcar "ni una cuarta parte del deslizamiento".

Por su parte, la CNE le brindó algunas recomendaciones:

"a) estabilizar el talud como parte de las responsabilidades de la Municipalidad de San José; b) cortar los árboles y sembrar zacate tipo "vertivery C"; c) hacer unos caños para que las aguas drenen hacia el frente del parque y no hacia el talud".

Al sentirse insatisfecha con la atención recibida, la afectada decidió interponer un recurso de amparo contra ambas entidades, las cuales no han podido resolver la situación hasta hoy.

La Sala IV, después de considerar la situación actual y de comprobar los hechos, declaró con lugar el recurso.

En el "por tanto", la Sala indica que además de Araya Monge y Romero Vargas, Alejandro José Eduarte, en su condición de presidente de la Comisión Nacional de Prevención de Riesgos y Atención de Emergencias, deben cumplir con lo siguiente:

  1. Coordinar lo necesario a efectos de valorar la necesidad y, dado el caso, implementar una medida cautelar a fin de garantizar la vida e integridad física de las personas afectadas por el talud objeto de este proceso, en el plazo de CINCO DÍAS HÁBILES, contado a partir de la notificación de esta sentencia.
  2. Integrar una comisión para valorar el caso y determinar una solución definitiva, técnica y jurídicamente adecuada. En el cumplimiento de este punto deberá establecerse un cronograma para la implementación de la solución mencionada. Todo lo anterior deberá efectuarse en el plazo de UN MES, contado a partir de la notificación de esta sentencia.
  3. Cumplir el cronograma señalado en el punto anterior. Se advierte a las autoridades recurridas que, de conformidad con lo establecido por el artículo 71 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional se impondrá prisión de tres meses a dos años o de veinte a sesenta días multa, a quien recibiere una orden que deba cumplir o hacer cumplir, dictada dentro de un recurso de amparo y no la cumpliere o no la hiciere cumplir, siempre que el delito no esté más gravemente penado.

 

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