Sala IV: MEP debe construir gimnasio en centro educativo indígena en 18 meses

Estudiantes no cuenta con un sitio para hacer deporte o realizar actividades

26 de Abr. 2024 | 10:18 pm

Liceo Rural el Progreso, ubicado en el circuito 14 de la Dirección Regional de Educación Coto. Foto: Tomada de Facebook.

El Ministerio de Educación Pública (MEP) deberá construir un gimnasio en el centro educativo indígena, Liceo Rural el Progeso, ubicado en el circuito 14 de la Dirección Regional de Educación Coto.

Así lo ordenó la Sala Constitucional tras un recurso de amparo que fue presentando a favor de un estudiante indígena de noveno año.

Según se indica en el recurso, el centro educativo carece de infraestructura para la práctica del deporte o gimnasio.

Tanto la junta administrativa como la dirección de la institución han realizado gestiones ante la Dirección de Infraestructura Educativa del MEP sin resultados.

El territorio de Conte Burica no existe un gimnasio o infraestructura que permita practicar el deporte o realizar actividades como juegos deportivos, estudiantiles, FEA, Feria Científicas, detalla el recurrente en el recurso.

Asimismo, se alegó que la Junta Administrativa y la Dirección han solicitado dinero para el mantenimiento de las instalaciones actuales, no obstante, tampoco han tenido respuesta.

Por este panorama, los altos magistrados declararon con lugar el recurso y dieron un plazo de 18 meses al MEP para construir el gimnasio.

Se declara parcialmente con lugar el recurso, únicamente en cuanto a la falta de un gimnasio para el centro educativo se refiere. En consecuencia, se les ordena a Anna Katharina Müller Castro, Ministra, y a Lourdes Sáez Barboza, Directora de Infraestructura Educativa, ambas del Ministerio de Educación Pública, o a quienes ocupen esos cargos, que realicen las gestiones necesarias, que estén dentro del ámbito de sus competencias, para que, en el plazo de 18 meses, contado a partir de la notificación de esta sentencia, el Centro Educativo Indígena Liceo Rural EL Progreso, de la Dirección Regional de Educación Coto, cuente con un gimnasio, se detalla en el por tanto.

Asimismo, los magistrados condenaron al Estado al pago de las costas, daños y perjuicios causados con los hechos.

"Se advierte que de conformidad con lo establecido en el artículo 71 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional, se impondrá prisión de tres meses a dos años, o de veinte a sesenta días multa, a quien recibiere una orden que deba cumplir o hacer cumplir, dictada en un recurso de amparo y no la cumpliere o no la hiciere cumplir, siempre que el delito no esté más gravemente penado.

Se condena al Estado al pago de las costas, daños y perjuicios causados con los hechos que sirven de fundamento a esta declaratoria, los que se liquidarán en ejecución de sentencia de lo contencioso-administrativo", concluye el por tanto.

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