Sala IV elimina directriz mordaza en Municipalidad de San José
Ente constitucional recuerda que en las municipalidades coexisten dos jerarquías
(CRHoy.com).-La Sala Constitucional le dio la razón a la regidora del Partido Acción Ciudadana (PAC), Andrea Rudín y ordenó eliminar de inmediato una directriz que desde febrero ordenaba canalizar a la oficina de la alcaldía toda solicitud de información que realicen los regidores del Concejo Municipal a cualquier oficina o departamento municipal.
Mediante un circular, la entonces alcaldesa en ejercicio, Paula Vargas, indicó que cualquier requerimiento de información por parte de cualquier regidor debería primer ser tramitado por el despacho del alcalde municipal.
"Se anulan las directrices ALCALDIA-00005-2022 y ALCALDIA-00013-2022 en cuanto regulan la centralización de las gestiones de información de las personas regidoras a través de la alcaldía de San José".
"Se ordena a Johnny Araya Monge, en su condición de alcalde del cantón central de San José, o a quien ocupe su cargo, que, DE INMEDIATO, comunique a las distintas dependencias municipales la obligación de tramitar y atender las gestiones de solicitud de información de las personas regidoras sin que se les exija su canalización a través de la alcaldía".
Los magistrados indicaron además que la circular emitida por la señora alcaldesa ai. "No es aceptable para ninguno de los administrados, pero aún menos cuando dicha medida nugatoria del derecho a la información va dirigida específicamente a desplegar sus efectos en detrimento de los señores regidores".
La regidora indicó a CRHoy.com que la sentencia viene a reconfirmar la lucha que ella y otros regidores han realizado ante las limitaciones que enfrentan incluso para el acceso a información pública.
Aquí la Sala dice que se deben anular las dos circulares y confirma que ese filtro no era correcto, porque hay que recordar que el alcalde no es mi jefe y no es el jefe de los regidores, el jefe de los regidores es la ciudadanía. Estamos en el mismo nivel de importancia y la administración no es más que los regidores
La sentencia precisamente le recuerda a la administración municipal que en los gobiernos locales coexisten donde tipos de mandos ambos elegidos por el voto.
"Los ayuntamientos tienen un régimen bifronte, compuesto por dos centros jerárquicos de autoridad, de elección popular: el Consejo, integrado por regidores, con funciones políticas y normativas; y el Alcalde, con competencias de índole técnica, connotación gerencial y de ejecución", indica la resolución.
La Sala advierte a la autoridad municipal que de no acatar esta orden incurrirá en el delito de desobediencia y de conformidad con el artículo 71 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional, se impondrá prisión de tres meses a dos años, o de veinte a sesenta días multa, si hay desacato.
¡ADIÓS A LA MORDAZA MUNICIPAL! La Sala Constitucional nos dio la razón y anuló directrices de la Alcaldía de San José que pretendían limitar el acceso a información pública. pic.twitter.com/lpcRSFlYka
— Andrea Rudin (@rudin101) October 6, 2022
Se condena a la Municipalidad de San José al pago de las costas, daños y perjuicios causados con los hechos que sirven de base a esta declaratoria, los que se liquidarán en ejecución de sentencia en la vía contencioso-administrativa.
