Sala IV da un año al Conavi para habilitar acceso al puente
Ante mal estado y peligro del puente los vecinos deben cruzar por en medio de la pista.
(CRHoy.com).-La Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia dio un plazo máximo de 12 meses al Consejo Nacionalidad de Vialidad (Conavi) para solucionar el acceso al puente peatonal en Quesada Durán y Barrio Córdoba en San José.
La orden se da tras declararse con lugar un recurso de amparo interpuesto por un vecino de la zona.
El recurrente explicó que él vive junto con su hija de 3 años quien tiene el trastorno espectro autista y con su madre de 64 años, por lo que deben utilizar el puente donde se instalaron dos elevadores para personas adultas mayores, menores de edad y personas con discapacidad, no obstante, estos se encuentran en mal estado.
Este puente se encuentra sobre la ruta nacional 39 y se habría convertido en un basurero que se presta tanto para actos delictivos como para consumo de drogas, lo que obliga a los lugareños a cruzar por en medio de la pista.
En el documento de la Sala, la Gerencia de Conservación de Vías y Puentes dio su posición al respecto.
"Esta condición se debe a eventos de vandalismo extremo que sacan de servicio las unidades y que imposibilitan a la Administración del Contrato de aseo y mantenimiento de elevadores su reactivación por a través de dicho contrato"
"Ante esta situación, la Gerencia de Conservación ha tomado medidas a nivel de gestión con la intención de producir las herramientas administrativas correctas (contratos) y la asignación de recursos necesarios (presupuesto) para reactivar las unidades y que vuelvan a prestar servicio público.", según se detalla en la resolución N°2023012164.
Por su parte, se le ordenó al director ejecutivo del Conavi, Mauricio Batalla a ejercer lo solicitado.
"Mientras se solucione de manera definitiva la problemática expuesta, durante ese mismo plazo, deberá realizar las acciones necesarias a fin de garantizar un acceso seguro en tutela de los derechos fundamentales de las personas con discapacidad", según se lee en el documento.
Asimismo, dicha cartera deberá pagar las costas, daños y perjuicios causados con los hechos fundamentados en la declaratoria, esto tendrán que ser liquidados ante la jurisdicción del contencioso administrativo.
