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Riteve gana millonario pulso al MOPT en tribunales por fijación tarifaria de 2016

MOPT es señalado por incumplir publicación de ajuste tarifario en La Gaceta

2 de Dic. 2022 | 4:48 pm

(CRHoy.com).-La Sala Primera declaró parcialmente con lugar una demanda que planteó la empresa española Riteve SyC S.A., -que se encargó del servicio de la Revisión Técnica Vehicular (RTV)- contra el Ministerio de Obras Públicas y Transportes.

La Autoridad Reguladora de Servicios Públicos (Aresep), que también fue demandada por la empresa, resultó exculpada por el tribunal.

La compañía reclamó una indemnización cercana a los ₡17 mil millones. Sin embargo, el monto aún no está en firme.

La responsabilidad indemnizatoria alegada por Riteve corresponde a un reajuste anual de la tarifa para el año 2016 y la responsabilidad fue achacada exclusivamente al MOPT, debido a que fue esta entidad la que incumplió su obligación contractual de publicar, en el diario oficial La Gaceta, la metodología de ajuste tarifario para el servicio público de RTV.

Así lo aclaró la Sala Primera, mediante la sentencia N° 002551-A-S1-2022 del 29 de noviembre de 2022 (adición a la sentencia de esa Sala N° 001927-F-S1-2022 del 12 de agosto de 2022) ante la gestión de adición y/o aclaración interpuesta por la Aresep en el mes de setiembre.

A la vez, la empresa Riteve deberá pagar las costas del proceso a favor del ente regulador.

La Sala Primera (última instancia en materia de legalidad), precisó el fallo, en los siguientes términos:

"En consecuencia, fallando por el fondo, se reconoce el derecho de Riteve a que se le realice el reajuste tarifario para el año 2016 según la metodología establecida en el Decreto Ejecutivo 40136-MOPT denominado Modelo Tarifario para el Ajuste de Tarifas del Servicio de Revisión Técnica Vehicular (RTV) a cargo de Riteve SyC S.A., así como los intereses legales que se generen. Indemnización que deberá cumplir el codemandado Estado, todo lo cual será determinado en etapa de ejecución de sentencia. Se condena al Estado al pago de las costas a favor de Riteve; y se condena a Riteve al pago de las costas a favor de la Aresep". (Resaltado es suplido).

Para el ente regulador, esta sentencia confirmó que el acto administrativo de Aresep (resolución RJD-069-2016, de la Junta Directiva), resulta apegado al ordenamiento jurídico.

En julio trascendió que la empresa Riteve también entabló un proceso de arbitraje por $30 millones contra el Estado de Costa Rica alegando un "desequilibrio económico" por los años en los que no hubo incrementos tarifarios.

El reclamo, por lineamientos contractuales, se dilucidará ante el Centro Internacional de Conciliación y Arbitraje (CICA) afiliado a la Cámara Costarricense-Norteamericana de Comercio (AmCham).

Este trámite se presentó en vísperas al cierre contractual, pues para la compañía deben quedar resueltos todos los temas legales pendientes.

Así lo confirmó Riteve ante una consulta hecha por CRHoy.com el jueves 7 de julio.

Al parecer, la empresa reclamaría un monto económico, que no fue conocido, por los 12 años en que se mantuvo sin ajustes tarifarios (entre 2005 y 2017). Aparentemente, a criterio de Riteve, se le debe reconocer alguna indemnización por este aspecto.

"Efectivamente, dado que se acerca la fecha del fin de contrato, debemos dejar resueltos todos los temas relacionados con lo que establece. Entre ellos se encuentra este requerimiento arbitral. Dado que justamente se encuentra en proceso de resolverse, vamos a esperar el laudo para poder referirnos con mayores detalles", expresó Jennifer Hidalgo, entonces vocera de Riteve.

El contrato entre el Estado y la compañía española venció el próximo 15 de julio tras 20 años de vigencia.

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