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Reunión de abogada enviada por Pancho Villa con jueza para intentar sobornarla “no fue casual”, indicó Tribunal

Por José Adelio Murillo | 21 de Nov. 2025 | 5:05 pm

El Tribunal Penal de Goicoechea explicó las razones por las cuales consideró que el narcotraficante Darwin de la Trinidad González Hernández, alias Pancho Villa, y la abogada Gracel María Arguedas González cometieron el delito de procuración de impunidad al intentar sobornar a una jueza y por eso descontarán penas de cárcel.

Los jueces señalaron que el encuentro entre la abogada y la jueza Hazel Murillo Beita no fue casual, y que se acreditó la existencia de una planeación para acercarse a la funcionaria con el fin de hacerle ofrecimientos indebidos que finalmente no se concretaron porque la funcionaria no estaba dispuesta a prestarse a esa situación.

Entre las explicaciones del Tribunal de Juicio se detalla que la abogada y el supuesto intermediario, Raúl Mauricio Paniagua Paniagua, se movilizaron desde la Zona Sur únicamente para realizar la reunión y luego regresaron a esa misma región, de donde son oriundos.

"Hay múltiples conversaciones telefónicas a través de diferentes chats, mensajes, en donde se acredita toda una planeación días anteriores de cómo se iba a abordar a Hazel y del ofrecimiento que se le iba a hacer.

Inclusive determinar si ella estaba dispuesta a colaborarles porque posteriormente iba a haber una reunión con unos ahorrados, cosa que no se concretó porque Hazel en todo momento indicó que ella no se iba a presentar para esa situación y cortó comunicación.

Otra cosa es que si la reunión era casual y no había ese interés de hacer ese ofrecimiento, ¿por qué (Arguedas) manifiesta que se encuentra hospedada en el Crown Plaza, pero el Ministerio Público a través del Organismo de Investigación Judicial (OIJ) investigó y se determinó que Arguedas no estuvo ni ese día ni en días anteriores hospedada en un hotel?", explicó el juez Alfredo Arias el pasado miércoles.

Los hallazgos en los teléfonos y las radiobases activadas por los dispositivos de interés evidencian la planeación y el interés en realizar ese ofrecimiento.

Darwin, líder de una organización criminal asentada en el sur del país e importadora de cocaína, fue sentenciado a seis años de cárcel tras gestar desde prisión el plan para intentar sobornar a una jueza con el fin de que testificara a favor de su grupo.

La abogada Gracel, contactada por un intermediario para ejecutar el acercamiento con la jueza aprovechando su amistad de años atrás, fue condenada a cinco años de cárcel.

A Darwin le dictaron seis meses más de prisión preventiva aunque está preso por narcotráfico. A ella se le permitió permanecer en libertad con firma periódica y prohibición de salida del país, debido a sus arraigos familiares, laborales y profesionales, así como a su condición de madre.

El Tribunal consideró que ambos imputados merecían una pena superior a la mínima, y que González debía recibir un año más que Arguedas, al ser el principal beneficiario y quien impartía las órdenes.

Asimismo, los jueces señalaron que no procedía imponer la pena máxima solicitada por el Ministerio Público, pues el hecho se limitó a una propuesta de abordaje: tras el intento, la jueza no recibió amenazas, intimidaciones ni nuevos acercamientos.

Relación con exagente del OIJ

La intención del ofrecimiento era que la jueza confesara que en el pasado mantuvo algún vínculo sentimental con el exinvestigador del OIJ, Miguel Campos Jiménez, quien integraba la organización de Pancho Villa.

Murillo tramitó diligencias en fases tempranas de la investigación. Según los jueces, la intención aparente era que ella testificara ante el Tribunal Penal que enjuició al grupo por narcotráfico y legitimación de capitales, y que reconociera una relación con Campos.

Ese supuesto nexo —según el plan criminal— debía ser suficiente para alegar una afectación a su imparcialidad y así anular el juicio.

Para los jueces, sí es evidente que existió algún nivel de relación, pues la jueza lo admitió: fueron compañeros en la zona y compartían espacios; incluso su hijo declaró que, cuando era muy pequeño —entre dos y cuatro años—, conoció a Campos.

Sin embargo, el Tribunal concluyó que, aunque hubo algún tipo de relación, no fue posible determinar si se trató de una simple amistad o de algo más. La defensa presentó como prueba la sentencia que condenó a González y su grupo el año pasado por narcotráfico, donde se mencionaba ese vínculo.

"Hay una sentencia que dice que Murillo mantuvo una relación con Miguel. Es una sentencia, una prueba documental que presentamos y no fue controvertida. ¿Cómo pretende el tribunal que nosotros traigamos unos testigos que ya declararon en otro proceso y ya es un hecho demostrado? Pero como le digo, es cuestión de criterios", señaló Juan Carlos Peralta, abogado defensor.

El juez Arias aclaró que ese fallo judicial fue apelado y no está en firme, por lo que no puede utilizarse con ese propósito. Además, sostuvo que la pretensión no era solo que Murillo aceptara un vínculo con Campos, sino que admitiera que dicha relación la inhibía para conocer la causa.

"Ahí se se evacuaron muchos testimonios, pero eso es una mera prueba documental, o sea, nosotros no podemos basar una sentencia en lo que testigos fueron a decir en otro juicio. Nosotros no recibimos de esa prueba y no es posible acreditar más allá que una simple relación sin poder calificarla.

Independientemente ser o no una relación amorosa, hay que tener en cuenta que en el hipotético caso de haber existido, es una relación que ocurrió hace 18 a 20 años. Es decir, a la jueza no solamente se le tenía que aceptar la relación, sino que aceptara que esa relación la inhibía.

Es que es una aceptación calificada, porque una cosa es aceptar que yo tuve la relación, que cualquier persona tuvo la relación, hace 20 años como otra persona, cualquier juez, cualquier fiscal puede haber tenido la relación.

Pero es que además de eso, ella tenía que alegar un elemento subjetivo, muy interno de ella y que la prueba no demuestra en ninguna  forma y es que ella estaba inhibida a para conocer porque tenía una motivación, ya sea para beneficiarlo porque sentimentalmente lo apreciaba, lo quería o para perjudicarlo porque ella había quedado muy dolida", añadió el juez.

Condena

Según la acusación de la Fiscalía contra el Narcotráfico y Delitos Conexos, González gestó desde prisión un plan para influir en la jueza y para ello impartió instrucciones a Raúl Paniagua Paniagua, quien fungía como su enlace externo pese a la reclusión del cabecilla.

Paniagua coordinaba con la abogada Arguedas y la trasladó desde la Zona Sur hasta Heredia en su vehículo Isuzu D-Max para definir los detalles del soborno.

Arguedas, quien mantenía una amistad con Murillo desde la universidad, debía contactarla bajo el pretexto de un encuentro entre amigas y ofrecerle una remuneración económica a cambio de declarar a favor del grupo.

Entre enero y febrero de 2024 intercambiaron llamadas y mensajes de WhatsApp para planear la maniobra. El objetivo era que la jueza respaldara la tesis de una supuesta "actividad procesal defectuosa" que permitiera anular el juicio contra los 14 imputados, entre ellos dos exagentes del OIJ y el empresario agropecuario Darwin González.

En setiembre de 2023, mientras se desarrollaba el juicio, la jueza denunció el intento de soborno ante el JEDO. El hecho ocurrió en el parqueo de un hotel y fue presenciado por su hijo. La defensa alegó que Murillo debió apartarse del caso por una supuesta relación sentimental con el exagente judicial Miguel Elmer Campos.

El 21 de marzo de 2024 Arguedas fue detenida y su vivienda allanada. Paniagua fue capturado en agosto. La organización ya había sido condenada por traficar droga desde Sudamérica y distribuirla en el Pacífico Central. González, absuelto por legitimación de capitales, continúa recibiendo ₡54 millones mensuales y cumple una pena de 12 años por narcotráfico.

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