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¿Qué es la beligerancia política por la que se le señala a Chaves? Esto dice la Constitución

Por Gustavo Martínez | 8 de Oct. 2025 | 11:26 am

El presidente de la República, Rodrigo Chaves Robles enfrentará un nuevo proceso de levantamiento de inmunidad en la Asamblea Legislativa ante la solicitud del Tribunal Supremo de Elecciones (TSE), tras la admisibilidad de 15 denuncias por beligerancia política.

Serán los diputados, el próximo jueves 9 de octubre en la reunión de jefes de fracción, en el que el directorio, presidido en este momento por la diputada del PUSC, Vanessa Castro, que se dicten los pasos a seguir ante la nueva petición de desafuero.

En vista este escenario, surge de la duda de qué significa beligerancia política o infringir el principio de neutralidad, contemplado en la Carta Magna.

¿Qué es beligerancia?

La beligerancia política es un delito que se comete cuando un funcionario público con prohibición muestra parcialización a favor de un partido político en el ejercicio del cargo, o bien, cuando un funcionario con prohibición de participar en actividades políticas incurre en ellas, según el artículo 105 de la Constitución Política.

Incluso, esta infracción tiene consecuencias con base en el Código Electoral costarricense:

ARTÍCULO 146.-Prohibición para empleados y funcionarios públicos

El TSE podrá ordenar la destitución e imponer inhabilitación para ejercer cargos públicos por un período de dos a cuatro años, a los funcionarios citados, cuando sus actos contravengan las prohibiciones contempladas en este artículo.

Denuncias contra Chaves

Las denuncias contra Chaves

La decisión del TSE se adoptó el 3 de octubre por la Sección Especializada en atención a una serie de denuncias acumuladas, presentadas en distintas fechas por varios suscritos:

  • Allen Alexander Solera Cordero
  • Ricardo Sancho Chavarría (presidente del Partido Liberación Nacional)
  • José Fabián Solano Fernández (presidente del Partido Acción Ciudadana)
  • Gonzalo Gerardo Coto Fernández (secretario del partido Acción Ciudadana)
  • Antonio José Ortega Gutiérrez
  • Antonio Ortega Gutiérrez (diputado del Frente Amplio)
  • Luis Fernando Mendoza Jiménez (diputado del PLN)
  • Johana Obando Bonilla (diputada independiente)
  • Claudio Alberto Alpízar Otoya (candidato presidencial de Esperanza Nacional)
  • Óscar Aguilar Bulgarelli
  • Giovanni Alexander Delgado Castro

En las acusaciones se señala al mandatario por declaraciones en cadenas nacionales, inauguraciones, graduaciones de estudiantes y giras presidenciales donde aprovechó para pedir 40 diputados en las próximas elecciones, entre otras causas.

Diputados definen ruta

El Directorio de la Asamblea Legislativa  recibió el martes 7 de octubre del órgano electoral de levantar el fuero de improcedibilidad penal o inmunidad del mandatario ante 15 denuncias por beligerancia política.

Será la presidenta interina del Congreso, Vanessa Castro, en sustitución de Rodrigo Arias Sánchez (actualmente incapacitado), quien presidirá la reunión de jefes de fracción del jueves.

Este día, la presidencia junto con las jefaturas partidarias decidirán la ruta a seguir ante la petición del órgano electoral: fijarán una fecha para una sesión plenaria especial donde votarán por la confirmación de la comisión que analizará el expediente por 20 días, con la posibilidad de una única prórroga por el mismo tiempo.

En teoría, se seguirá el mismo proceso aplicado al mandatario ante la solicitud del desafuero de la Corte Suprema de Justicia ante la acusación de la Fiscalía contra Chaves por concusión en el caso BCIE-Cariñitos.

¿Qué sigue ahora en el Congreso?

En primer lugar, la presidencia legislativa deberá leer el informe en el Plenario para conocimiento de los diputados.

Posteriormente, la Asamblea deberá conformar una comisión especial legislativa, integrada por tres diputados, encargada de estudiar el expediente y dictaminar si procede el levantamiento del fuero especial del mandatario.

El foro legislativo especial trabajará por 20 días, con una única prórroga.

La comisión tendrá la facultad de citar a los eventuales imputados para comparecer en audiencia, en apego al principio del derecho a la defensa, como ya lo hizo Chaves en la comisión de desafuero presidida por la liberacionista Andrea Álvarez.

Seguido, el foro especial remitirá un informe con la recomendación al Plenario, sobre remover o no el fuero. Este documento llegará al Plenario entre 8 y 10 días después del dictamen en la comisión.

Plenario vota inmunidad

Trascurrido dicho plazo, será leído en el Plenario, quizá en presencia del mandatario Chaves, quien podrá estar presente en la sesión especial y ejercer su defensa con una intervención de hasta 30 minutos.

Luego, el presidente deberá retirarse y el Plenario pasará a deliberar. Durante la deliberación, cada diputado podrá intervenir por hasta 15 minutos. Cinco minutos antes de las 7:00 p.m., se cerrará el debate y se procederá a la votación inmediata.

Para que la Asamblea autorice el levantamiento del fuero, se requiere el voto afirmativo de 38 diputados, es decir, mayoría calificada.

De aprobarse, el presidente Chaves será puesto a disposición del tribunal electoral, que continuará el proceso por las 15 denuncias por infringir el principio de neutralidad.

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