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¿Qué dice el proyecto sobre libertad condicional presentado por el Gobierno?

Por Carlos Mora | 21 de Abr. 2023 | 6:25 am

(CRHoy.com) El Poder Ejecutivo presentó a la Asamblea Legislativa un proyecto de ley que busca endurecer los requisitos para que los sospechosos de cometer delitos puedan acogerse a beneficios como la prisión preventiva, libertad condicional y las medidas cautelares.

Se trata del expediente 23.692, Ley para Restaurar la Seguridad Pública y Contener a los Delincuentes que representen un peligro para la Sociedad.

A continuación, le explicamos las propuestas de este plan en cada una de estas áreas:

Prisión preventiva

El proyecto plantea agregar un nuevo inciso al artículo 239 del Código Penal, de tal manera que se agregue una nueva valoración para los jueces a la hora de dictar prisión preventiva en contra de un sospechoso.

Esta nueva circunstancia sería cuando el sospechoso "represente un peligro para la sociedad".

El texto plantea que para que un juez determine este peligro debe valorar 8 situaciones, que se suman a otras como peligros de fuga, para las víctimas y que los delitos achacados se castiguen con prisión y la flagrancia en delitos contra la vida y de tipo sexual.

Las nuevas consideraciones que se estipulan son:

  • La gravedad del hecho punible.
  • La cantidad de delitos que se le imputan.
  • Que la actividad delictiva esté sancionada con pena de prisión.
  • La vinculación del sospechoso con organizaciones criminales.
  • La proclividad de cometer delitos dolosos.
  • El estar disfrutando una medida de localización permanente con mecanismo electrónico por delito doloso.
  • La reincidencia en delitos dolosos
  • La utilización de armas de fuego o armas blancas en el hecho.

Adicionalmente, el texto plantea que la autoridad jurisdiccional deberá tener en cuenta, al momento de realizar la valoración del peligro para la sociedad, si la persona fue o ha sido imputada por delitos relacionados con estupefacientes, sustancias psicotrópicas, drogas de uso no autorizado, actividades conexas, legitimación de capitales y financiamiento al terrorismo

Libertad condicional

En este aspecto, la reforma señala que la libertad condicional se podrá conceder cuando se cumplan estos requisitos:

  • Que el solicitante no haya sido condenado anteriormente por delito común sancionado con pena mayor de 6 meses
  • Que el Instituto de Criminología informe sobre la buena conducta, servicios prestados, ocupación y oficios adquiridos por el condenado que le permitan una vida regular de trabajo lícito; y acompañe un estudio de su personalidad, de su medio social, así como un dictamen favorable sobre la conveniencia de la medida
  • Que el requirente no esté descontando una condena por delitos tramitados bajo el procedimiento especial de crimen organizado, ni delitos sexuales contra menores de edad, ni en delitos en que se hayan utilizado armas de fuego o armas blancas, ni los delitos previstos en la sobre Estupefacientes, Sustancias Psicotrópicas, Drogas de Uso no Autorizado, Actividades Conexas, Legitimación de Capitales y Financiamiento al Terrorismo.
  • Que el gestionante no haya incumplido anteriormente las condiciones del arresto domiciliario con monitoreo electrónico.

Por otra parte, se establece que la libertad condicional será revocada o modificada estos casos:

  • Si el liberado no cumple las condiciones fijadas por el Juez, incluyendo la localización permanente con mecanismo electrónico.
  • Si el liberado comete, en el período de prueba, que no podrá exceder del que le falta para cumplir la pena, un nuevo hecho punible sancionado con prisión mayor de 6 meses

El texto del proyecto puede verlo en este enlace Proyecto 23.692

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