Proyecto establece penas de hasta ocho años de prisión por ofensas al honor en redes sociales

El diputado Gilberto Campos Cruz, del Partido Liberal Progresista (PLP), presentó un proyecto de ley para castigar con hasta 8 años de prisión ante ofensas al honor cometidas en redes sociales y plataformas digitales.
La iniciativa, denominada "Ley para garantizar la responsabilidad de las manifestaciones emitidas por redes sociales", busca modificar el Código Penal de Costa Rica mediante la creación de la figura de "ofensas al honor agravadas" cuando estas se cometan a través de redes sociales, medios de difusión masiva o comunicaciones electrónicas de amplio alcance, especialmente cuando sean realizadas por personas con capacidad de influencia en plataformas digitales.
Según el legislador, el proyecto responde a la necesidad de actualizar la legislación penal frente a la realidad del entorno digital. El actual código fue aprobado en 1970, en una época en la que no existían redes sociales ni los actuales mecanismos de difusión masiva de contenidos, lo que genera vacíos para enfrentar la propagación de contenidos difamatorios o injuriosos en internet.
Penas de prisión
El texto establece un artículo 155 bis que establece los siguientes castigos:
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De 6 meses a 2 años de prisión: cuando las ofensas al honor se difundan por redes sociales, correos electrónicos masivos u otros medios de difusión masiva.
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De 2 a 4 años de prisión: cuando las ofensas tengan como finalidad influir públicamente para impedir el nombramiento o la elección de una persona a un cargo público.
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De 3 a 8 años de prisión: cuando las ofensas se difundan a cambio de dinero o de cualquier beneficio patrimonial o indebido.
Investigación a cargo del Ministerio Público
Uno de los elementos centrales de la propuesta es que las ofensas al honor agravadas se tramitarían como delitos de acción pública a instancia privada.
Esto significa que el proceso se iniciaría mediante la denuncia de la persona afectada, pero la investigación y persecución penal quedaría en manos del Ministerio Público de Costa Rica, evitando que la víctima tenga que enfrentar por sí sola el proceso judicial.
De acuerdo con la iniciativa, esta medida busca equilibrar la relación entre las víctimas y quienes difunden acusaciones en redes sociales, dado que muchas veces los afectados se encuentran en desventaja frente al alcance y la rapidez de difusión de las plataformas digitales.
Procedimiento de jactancia
El proyecto también propone incorporar el procedimiento de jactancia, un mecanismo procesal que permitiría enfrentar situaciones en las que una persona difunde públicamente acusaciones graves contra otra, asegurando contar con pruebas.
Según explicó Campos, mediante este mecanismo el Ministerio Público podría requerir al autor de las afirmaciones que aporte las pruebas que dice poseer.
En caso de que estas no se presenten o resulten insuficientes para sustentar los señalamientos difundidos públicamente, la persona afectada quedaría habilitada para promover la acción penal por ofensas al honor agravadas.
Tras la presentación, ahora el texto deberá ingresar a una comisión legislativa del Congreso para iniciar con su etapa de discusión.