Posponen medida para regular pólvora ruidosa en San José

Regidores acogen parcialmente con lugar reclamo de empresa FAISA

4 de Dic. 2024 | 9:10 am

El Concejo Municipal de San José pospuso de manera temporal la medida que busca regular el uso y la comercialización de pólvora superior a los 85 decibeles.

La medida se tomó de manera unánime en la sesión ordinaria 31 del 3 de diciembre, luego de que se declarara parcialmente con lugar un recurso de revocatoria interpuesto por la empresa Fireworks Faisa Custodio Calvo, presentada ante el cuerpo.

Los regidores acordaron por unanimidad en sesión del 29 de octubre que a partir de este mes entraba en vigencia la Política de Declaratoria de San José como cantón libre del uso de pólvora y pirotecnia sonora y lineamientos técnicos para su implementación

El Concejo Municipal conoció el dictamen 71-CAJ-2024 de la Comisión de Asuntos Jurídicos, en el cual se reconoció que el mismo debía ser publicitado y tenía que ser publicado en el Diario Oficial La Gaceta.

La recomendación del dictamen de la Comisión de Jurídicos es que debe estar verificada su publicación en el medio oficial, así como la entrada en vigor del reglamento del Ministerio de Salud Decreto 44486 del 17 de enero de 2024, y el cual rige a partir del 16 de diciembre.

"Se acogió parcialmente con lugar el recurso presentado por la empresa. Se movió la fecha a que coincida con la publicación del Reglamento del Ministerio de Salud, y se quita lo que define expresamente que se prohíbe de la comisión. Así que queda temporalmente suspendida la aplicación", precisó el presidente de la Comisión de Jurídicos, Juan Diego Gómez.

La presidenta del Concejo Municipal, Mariana Zúñiga Pérez, dijo a este medio, que el regidor proponente de la moción, Brandon Guadamuz, efectuó un par de cambios al acuerdo para esperar la entrada del Reglamento del Ministerio de Salud a mediados de diciembre

Zúñiga indicó que se cambió el verbo de "prohibir" a "regular" porque únicamente los regidores instan a la administración a regular el producto, siendo que la prohibición queda en manos de otras instancias.

En el acuerdo se instó al Concejo Municipal a publicar el acuerdo en el Diario Oficial La Gaceta para que entre en vigencia, así como también esperar a que empiece a aplicarse el marco reglamentario de Salud.

El gerente general de FAISA, Luis Dagoberto Calvo, indicó a crhoy.com que la decisión del Concejo Municipal es una "victoria" porque ya había eventos pactados para estos días en los cuales se enfatizó el uso de estos fuegos artificiales.

"Posponer o suspender cómo se guste ver 13 días de venta libre acorde a la ley y a su vez realización de espectáculos. Por ejemplo, hoy teníamos un espectáculo importantísimo dentro de la prohibición y debido a esta suspensión (de la entrada en vigencia) ese mismo quedó habilitado.

"Puntualmente, hoy vuelven los fuegos artificiales al Estadio Nacional sin restricción que se establecía en el acuerdo municipal por estar el mismo suspendido", indicó Calvo.

¿Qué dice el Reglamento de Salud?

El nuevo Reglamento para el Control del Ruido Ambiental del Ministerio de Salud establece prohibiciones del ruido mayor a 40 decibeles en zonas residenciales después de las 8:00 p.m.

El límite establecido de las zonas residenciales, permitido entre las 6:00 a.m. y las 8:00 p.m., es de 65 decibeles, pero a partir de las 8:00 p.m., se deberán bajar 25 decibeles.

Las zonas residenciales contemplan las casas de habitación permanentes, las casas rurales o campestres, las casas de verano, hoteles y moteles, los apartamentos, los condominios, los campamentos, las cabañas, las cabinas, los hostales y las casas de huéspedes.

Con respecto a las regulaciones de sonido en los establecimientos comerciales, a partir de las 8:00 p.m. el límite permitido será de 55 decibeles.

Los comercios incluyen a restaurantes, comedores, cafeterías, heladerías, sodas, supermercados, pulperías, carnicerías, bares, salas o salones de eventos; así como también estaciones de servicios de vehículos como gasolineras, venta y renta de autos, estacionamientos, centro de lavado de autos, servicios de reparación (hojalatería, pintura y mecánica), lubricentros, servicios de autodecoración y otros.

La zona mixta, que comprende la mezcla de actividades entre la zona residencial y de tranquilidad con influencia en la zona comercial, industrial y la zona agrícola y pecuaria, los decibeles deberán bajar de 70 en el horario diurno a 40 en el nocturno.

En el caso de los eventos culturales, musicales y deportivos que se realicen en plazas, parques y estadios o vías públicas, deberán tener un permiso previo del Ministerio de Salud.

Eso sí, los niveles de sonido permitidos en el periodo nocturno se extenderán hasta las 10:00 p.m., siempre y cuando se respeten los niveles sonoros máximos en la zona receptora afectada por el ruido.

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