Aprueban restricciones para uso de vehículos oficiales de diputados
Cambios se aprobaron por el Directorio Legislativo tras 7 meses
(CRHoy.com) El Directorio Legislativo, que es la máxima autoridad administrativa de la Asamblea Legislativa, aprobó un cambio al reglamento para uso de vehículos oficiales que en algunos casos son usados por los diputados para realizar sus giras a las comunidades.
La propuesta fue impulsada por la segunda secretaria del Directorio, la diputada oficialista Luz Mary Alpízar.
La misma se presentó desde el 26 de mayo del 2022, pero no fue hasta el 17 de enero que el Directorio acogió los cambios.
Uno de los principales cambios es que se limita el uso de los vehículos oficiales a solo dos giras al mes, anteriormente no había restricciones.
La situación tiene preocupados y molestos a varios legisladores, en especial aquellos que se dicen representantes de zonas rurales.
¿Por qué era necesario?
Todo comenzó cuando en mayo del 2020, el anterior Directorio Legislativo liderado por el entonces diputado Eduardo Cruickshank, acogió una propuesta de la legisladora socialcristiana María Vita Monge para aplicar varios cambios al Reglamento Interno Para la Utilización, Adquisición y Sustitución de los Vehículos de la Asamblea legislativa.
CRHoy.com dio a conocer el pasado 1 de julio del 2022, cómo en aquel momento se aprobaron cambios que permitieron que cada diputado pudiera escoger a dedo a cual chofer querían llevar a las giras.
Esto a pesar de la negativa del jefe del Departamento de Transportes, quien alega que esto creaba un favoritismo en algunos de los choferes, generando además que unos pocos ganaran muchas otras extra y otros menos o ninguna.
Se incluyó también un párrafo para realizar las gestiones de servicios o giras con "un mínimo de 24 horas" lo cual permite solicitar giras entre semana situación que el Reglamento (aprobado en el 2018) prohibía, con el fin de mantener el quórum del Plenario Legislativo; dejando la potestad de la Presidencia de brindar permiso para tal efecto.
¿Qué se cambió?
La diputada Alpízar explicó a CRHoy.com que hay cuatro cambios principales:
- Se eliminó la obligación de mantener cuatro carros por diputado al mes.
- Sólo se podrá realizar dos giras por mes por legislador.
- No se podrá escoger el chofer de preferencia, se asigna según el recurso que exista.
- Las solicitudes de vehículos solo se reciben lunes y martes, y dentro del horario legislativo buscando así mayor equidad.
La oficialista recordó que los recursos también son limitados ya que solo hay 9 vehículos y choferes para las giras y para los 57 legisladores.
Esa disposición, no obstante, puede bajar según los roles de descanso, vacaciones e incapacidades.
Otros cambios
Las giras que organicen los diputados para visitar sus comunidades deberán iniciar a partir del viernes a las 5:00 a.m. y finalizar a más tardar a las 9:00 p.m del domingo.
También, se podrá autorizar la salida de estas giras a partir del jueves a las 6:00 p.m o antes de este momento, cuando el diputado cuente con el permiso respectivo de la presidencia para faltar a las sesiones del Plenario u otro órgano legislativo
Este horario de giras comunales permite que la Unidad de Transporte y el Departamento Financiero de la Asamblea Legislativa puedan realizar los roles de descanso y vacaciones, ajustar las cargas de trabajo y hacer las liquidaciones de los viáticos y combustible. Aspecto fundamental para la seguridad de los usuarios de los vehículos, la salud de los operadores y el adecuado control de los recursos públicos, señala el reglamento.
Prohibiciones
El reglamento deja claro que los vehículos son de "uso administrativo"; no son de "uso discrecional".
Esto quiere decir que están destinados únicamente a atender los servicios regulares de transporte de los diputados y funcionarios de la Asamblea Legislativa en el desarrollo normal de las funciones y actividades institucionales.
Por lo cual, está totalmente prohibido:
- Su utilización para asuntos personales.
- Solo pueden ser utilizados por los diputados y diputadas para asuntos exclusivamente atinentes a sus funciones.
- Deben estar siempre debidamente rotulados e identificados con la placa oficial de la Asamblea Legislativa.
- El vehículo únicamente puede ser manejado por un chofer previamente designado, autorizado y debidamente identificado por la Unidad de Transporte.
- La persona que no sea diputado o no labore en la Asamblea Legislativa no puede utilizar los vehículos.
Se establecen además otras prohibiciones para el diputado o el funcionario:
- Obligar al chofer a continuar conduciendo cuando este se vea en la necesidad de detenerse debido a un posible desperfecto mecánico, cansancio o situaciones que imposibiliten el tránsito seguro del vehículo y sus ocupantes.
- Incluir dentro de los servicios de transporte a personas ajenas a los intereses y compromisos de la Institución.
- Exceder la capacidad de pasajeros acreditada en la tarjeta de circulación.
- Adherir al vehículo rótulos, calcomanías o similares que no sean oficiales.
- Permitir o autorizar a un particular la conducción de un vehículo propiedad de la Asamblea Legislativa.
- Permitir el estacionamiento del vehículo frente a cantinas, tabernas o similares, o frente a locales que por su naturaleza riñan con la moral, las buenas costumbres o lesionen la imagen de la Asamblea Legislativa.
