¿Por qué el salario de los empleados públicos no es información personal?
Fallos jurídicos y compromisos del Estado por un gobierno abierto hacen inviable pretensión sindical

(CRHoy.com) A pesar de la molestia del sector sindical por haberse revelado los datos de salarios de 1.400 empleados de la Caja Costarricense del Seguro Social (CCSS) que ganan entre ₡5 y ₡17 millones por considerarlo "sesgado" y ser datos privados, lo cierto es que esta información no es personal, y su carácter de pública está respaldada no solo por un compromiso del propio gobierno para generar una política de "Estado Abierto", sino también por una larga cadena de jurisprudencia por parte de la Sala Constitucional.
Información "no personal"
La información de los salarios más abultados de la CCSS fue revelada el fin de semana por el exdiputado Otto Guevara. La Unión Médica amenazó con acudir a la Sala Constitucional e incluso analizar "otros procesos" – según firmó el representante legal de la entidad Julián Solano.
Sin embargo, lo cierto del caso es que los magistrados de la Sala Constitucional han sido reiterativos en que este tipo de información es pública.
"Ciertamente tienen derecho a la privacidad pero prevalece el derecho público de cuánto no están costando las instituciones publicas y de qué manera se están repartiendo los dineros de los costarricenses, ya sea vía impuestos o lo que llamamos contribución social", indicó el economista Eli Feinzag.
Uno de los fallos más recientes fue el Nº 2019000295 emitido en enero pasado por un recurso de amparo presentado por Nelson Arroyo González, en su calidad de pensionado de la Universidad Nacional (UNA) contra este medio de comunicación.
En noviembre de 2018 CRHoy publicó un listado con el nombre de los exfuncionarios de la UNA que habían recibido los mayores montos por concepto de cesantía.
Si bien el accionante reclamó que se había violado su privacidad e incluso que se le había puesto en peligro por dar a conocer que había recibido ₡77,8 millones por su jubilación, al final los magistrados declararon sin lugar el recurso, reafirmando su carácter de información pública:
Esta Sala ya ha determinado reiteradamente en su jurisprudencia que el salario que devenga un funcionario público en determinado puesto, constituye información que sí es de naturaleza pública e interés general… De conformidad con el citado precedente jurisprudencial, es pública la información publicada por la recurrida, relativa a los salarios y complementos del recurrente y sobre los cuales versa el recurso, en virtud de que son pagados con fondos provenientes del erario público, y en aplicación del principio de transparencia que debe permear toda actuación de los entes y órganos que forman parte de un Estado Social y Democrático de Derecho. Ante dicho panorama el Tribunal considera que lo procedente es declarar sin lugar el recurso, como en efecto se hace.
Adicionalmente, la Sala Constitucional reforzó que los salarios no pueden considerarse información personal de los empleados:
En razón de lo indicado en la resolución parcialmente transcrita, el brindar el nombre, el cargo y las funciones de profesores de esa universidad – educación de naturaleza pública- así como el salario que se devenga en dichas funciones, vinculadas con fondos públicos, no se puede considerar información personal de los funcionarios.
Para resolver de esta forma, los magistrados se ampararon en una larga lista de casos, todos resueltos de la misma manera entre ellos estos:
- Voto 2014-4037 de las 11:02 horas del 21 de marzo de 2014
- Sentencia 2013-6023 de las 15:05 horas del 30 de abril de 2013
- Sentencia 2008-12852 de las 12:46 horas de 22 de agosto de 2008
- Sentencia 2007-006100 de las 17 horas y 4 minutos del 8 de mayo 2007
Además de legal, compromiso de Estado
El carácter público de los salarios de los burócratas no es solo un tema de legalidad sino que está amparado además en una política de Estado.
Desde la administración anterior, los tres poderes de la República firmaron una carta de compromiso donde establecieron la necesidad de promover la transparencia en cada área, lo cual implicaba llevar a visualizar toda aquella información considerada pública y relacionada con presupuestos y cómo se utilizan los recursos.
En mayor o menor medida las entidades han cumplido. La Asamblea Legislativa y Casa Presidencial tienen visibles en sus sitios web un listado actual con el salario bruto de cada uno de sus funcionarios, incluyendo Presidente y diputados.
Pero no ocurre igual en otras entidades como por ejemplo la Caja Costarricense del Seguro Social (CCSS) o las universidades, en donde la información publicada se limita a índices salariales; es decir, los datos de cuánto se paga según plaza, y no por nombres.
Esto sí representa un sesgo dado que no es la información real de lo que invierte una entidad en sueldos.
Lo que corresponde es informar sobre los salarios brutos del personal, a juicio del presidente del Instituto de Prensa y Libertad Expresión (Iplex) Raúl Silesky.
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En ese sentido, ¿cuáles datos son personales y cuáles son públicos?. Según Silesky la diferencia es clara: los salarios brutos son información pública, pero cómo utiliza ese salario la persona y cuánto se le rebaja, eso ya sí es personal.
Así las cosas, la segregación del salario de acuerdo a base y cada uno de sus pluses, son datos de acceso público, pero rebajos por ejemplo por concepto de deudas, pensión, entre otras, ya es materia privada.
Costa Rica es firmante desde 2012 de la iniciativa Alianza para el Gobierno Abierto que busca transparentar toda la información estatal. Adicionalmente desde el 29 de abril de 2015 se firmó el decreto 38994-MP-PLAN-MICITT, que creó la Comisión Nacional por un Gobierno Abierto con el mismo objetivo.
