Poder Judicial requiere que Gobierno convoque reforma que reduciría mora penal en un 30%
El Poder Judicial impulsa una reforma al proceso penal que reduciría la mora de juicios en un 30%, pero el proyecto no avanza en el Congreso debido a que no fue convocado en sesiones extraordinarias por el Poder Ejecutivo.
Entre el 1° de mayo y el 31 de julio, los diputados solo pueden discutir los proyectos que el Gobierno ponga en la agenda, todo lo demás queda suspendido.
Una de las soluciones que plantea la propuesta es obligar tanto a los sospechosos como a las víctimas de los delitos a asistir a las audiencias preliminares, etapa previa en la que se define si un caso se eleva o no a juicio, una vez concluida la investigación y presentada la acusación penal.
Dado que las audiencias preliminares ya existen, este ajuste legal permitiría optimizar la capacidad de los juzgados penales, según explicó la magistrada Patricia Solano.
Actualmente, un 12% de los casos señalados para juicio terminan con imputados declarados "rebeldes" por no presentarse al debate, lo que impide la celebración del juicio.
Otro 9% de los procesos se cancela por enfermedad o incapacidad del defensor; un 17% concluye con medidas alternas durante el juicio y un 10% se resuelve mediante procedimientos abreviados en esa misma etapa.
Según Solano, si el imputado estuviera obligado a asistir a la audiencia preliminar, gran parte de esos obstáculos desaparecería. Las medidas alternas —que actualmente representan un 30% de los casos en juicio, excluyendo a los "rebeldes"— podrían aplicarse en la audiencia preliminar, que es precisamente la etapa diseñada para ello.
Esto permitiría optimizar en un 30% las agendas de los tribunales de juicio, ya que esa fase está concebida para la realización de debates y no para aplicar salidas alternas.
Además, se evitaría el desperdicio de espacios de juicio que ocurre cuando los casos se resuelven con medidas alternas al inicio del debate, lo que impide programar otros procesos en esos días.
La propuesta también establece que la víctima debe ser convocada a la audiencia preliminar para negociar medidas alternas, cuando corresponda.
"Yo fui juez de juicio durante 20 años, toda mi vida profesional. Si en una semana tenía programado un juicio para tres días o para toda la semana y, en la primera audiencia, me decían que querían un abreviado o una medida alterna, eso se resolvía en una mañana y el resto de la semana quedaba libre, porque ya no era posible programar otro juicio en esos días.
Por supuesto que uno realizaba trabajo de escritorio y muchas otras tareas, pero se desperdiciaban los espacios de juicio", explicó la magistrada.
El problema de concretar acuerdos hasta la etapa de juicio es que ya no existe margen para reorganizar con anticipación las agendas de defensores, fiscales y procuradores, ni para notificar oportunamente a las partes.
Solo en lo que va del 2026, los Juzgados y Tribunales han recibido más de 48 mil causas nuevas, un 20% de todos los expedientes judiciales.
Rectificar y mejorar
Aunque la aplicación de acuerdos judiciales para evitar el juicio ya estaba prevista en la ley, una resolución constitucional cambió el panorama y permitió esas negociaciones durante la fase de juicio.
Inicialmente, el Código Procesal Penal establecía que las medidas alternas debían aplicarse en la audiencia preliminar. Sin embargo, en una ocasión, una persona acudió a la Sala Constitucional alegando que, pese a encontrarse ya en juicio, no le querían aprobar una medida alterna.
Cuando el tribunal constitucional consultó por qué no se le permitía acceder a esa salida, la respuesta fue que no había gestionado la medida durante la audiencia preliminar. El imputado alegó que desconocía que debía asistir a esa audiencia, por lo que no pudo solicitarla en ese momento.
A partir de ese criterio, la aplicación de medidas alternas en juicio continuó permitiéndose, pese a que esa etapa está diseñada exclusivamente para la realización de debates y no para negociar salidas alternas.
La intención es que a juicio lleguen únicamente los casos destinados a debate, tomando en cuenta que el 70% de los expedientes que alcanzan esa etapa terminan en condena. Además, siete de cada 10 casos logran resolverse en la audiencia preliminar.
El proyecto también introduce otro cambio relevante: los delitos con penas de hasta 10 años podrían ser conocidos por un juez unipersonal. Actualmente, el 60% de los debates son unipersonales y el 40% colegiados, es decir, integrados por tres jueces.
El cambio representaría un aumento del 10% en la capacidad operativa del Poder Judicial. En lugar de destinar tres jueces a un solo tribunal colegiado, esos mismos funcionarios podrían atender distintos procesos unipersonales, generando un efecto multiplicador.
Con la reforma, el 70% de los casos serían unipersonales y únicamente el 30% se tramitaría mediante tribunales colegiados.
La reforma ya fue avalada por la Comisión de Asuntos Jurídicos de la Asamblea Legislativa y desde marzo se encuentra lista para ser discutida y aprobada en el plenario legislativo. Solo se requiere la convocatoria del Ejecutivo.
CR Hoy consultó al jefe de la fracción oficialista Nogui Acosta por qué el Gobierno no convocaba el proyecto; se está a la espera de una respuesta.
La propuesta forma parte de las acciones impulsadas por el Poder Judicial.
