PLN y oficialistas entierran plan que permitía autocultivo de marihuana
La Comisión de Asuntos Jurídicos de la Asamblea Legislativa rechazó un proyecto de ley presentado por el Frente Amplio (FA), que pretendía autorizar y regular el cultivo doméstico de la planta de cannabis para uso personal.
Tras el rechazo, el proyecto fue archivado, truncando así su avance hacia el plenario legislativo.
La iniciativa fue rechazada por los liberacionistas Alejandra Larios Trejos, Francisco Nicolás Alvarado y Danny Vargas Serrano, así como por el oficialista Daniel Vargas Quirós. A favor votaron únicamente la frenteamplista Rocío Alfaro Molina y la independiente Johana Obando Bonilla.
El plan de ley fue presentado en febrero de 2024. Según el legislador frenteamplista y proponente, Ariel Robles Barrantes, la prohibición vigente sobre el cultivo de cannabis en Costa Rica aplica únicamente cuando existe intención de comercialización, lo cual se establece en el artículo 58 de la Ley sobre Estupefacientes y Sustancias Psicotrópicas. Sin embargo, dicho artículo —afirma— deja un portillo abierto que permite penalizar incluso a quienes cultivan exclusivamente para consumo personal.
El proyecto proponía adicionar un artículo 58 bis a la ley, el cual se leería de la siguiente manera:
"Se autoriza el cultivo doméstico de la planta del género Cannabis para fines exclusivamente de uso personal a personas mayores de edad, en una cantidad no superior a 20 plantas hembras del género Cannabis en estado de floración, en un domicilio privado."
Además, se establecía que quienes excedieran el límite permitido se expondrían a una multa de uno a cinco salarios base, es decir, entre ¢462.200 y ¢2,3 millones, aproximadamente.
Un artículo adicional (58 ter) disponía la obligación del Estado de realizar campañas informativas y preventivas mediante el Instituto sobre Alcoholismo y Farmacodependencia (IAFA), el Instituto Costarricense sobre Drogas (ICD) y el Ministerio de Salud.
Finalmente, el proyecto estipulaba que las personas que cultivaran bajo los parámetros establecidos no estarían sujetas a la destrucción de sus plantas ni a sanciones penales.
