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Pilar Cisneros podría ser sujeta a “proceso penal” si vota en Comisión en “Caso Madison”

Diputada podría violentar los artículos 2, 45 y 48 de la Ley Contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito No. 8422

Por Andrey Villegas | 27 de Feb. 2023 | 7:18 pm

(CRHoy.com).-La diputada y jefa de la bancada oficialista, Pilar Cisneros Gallo, podría estar sujeta a un proceso penal si vota en la Comisión Especial que investiga el financiamiento de Partidos Políticos durante la Campaña Presidencial 2022 Expediente 23324, con relación a la demanda que impuso la agencia de publicidad Madison Revolution S.A., por impago de facturas por parte de la compañía ATA Trust Company, administradora del fideicomiso Costa Rica Próspera, que canceló gastos electorales por $133 mil de Rodrigo Chaves Robles y el Partido Progreso Social Democrático (PPSD).

Así lo indica el documento AL-DEST-CJU-019-2023 del Departamento de Estudios, Referencias y Servicios Técnicos de la Asamblea Legislativa, del cual CRHoy.com tiene copia, que se emitió tras la consulta del diputado del Frente Amplio (FA) Ariel Robles, —quién también pertenece a dicha Comisión Especial— en donde se señala que la participación de la congresista oficialista podría provocar un presunto conflicto de intereses.

"El conflicto de intereses se configura cuando existiera una controversia entre los intereses públicos y privados y se privilegia la defensa de los intereses particulares o de terceros vinculados, en contra del interés general.

Como bien lo ha indicado la Procuraduría General de la República es el propio legislador o legisladora quien tiene la obligación de establecer sus propias limitaciones frente a una situación particular y decidir si sus decisiones benefician a sí mismo o a terceros cuando se enfrenta a un caso sometido a su consideración", detalló el departamento de Servicios Técnicos del Congreso.

Robles, conversó con CRHoy.com y reveló que hizo la consulta a dicho departamento, ya que no quería que Servicios Técnicos dijera que no se habían pronunciado al respecto porque nadie se los solicitó. Además de que quería conocer el criterio sobre un presunto conflicto de intereses en el que podría estar cayendo la congresista.

"A Servicios Técnicos no le toca decir qué hacer o qué no en la Asamblea Legislativa, entonces lo que nos preocupaba es que Servicios Técnicos dijera que no había emitido ninguna declaración porque nadie les había consultado, por eso hicimos la consulta bajo esa lógica, que queríamos saber qué criterio tenían. 

Fue muy interesante el cierre de la consulta porque planta algo por criterio relevante, que si podría violentarse el principio y deber de probidad cuando la señora diputada incide, ojo que dice incide, ni siquiera es votar, en discusiones o temáticas en donde podría tener algún interés.

A nuestro criterio eso se refleja mucho en la demanda que le puso Madison Revolution S.A. a doña Pilar, ella podría ser culpable o no, pero usa esos espacios, en una audiencia de análisis, ella llegó ahí a interpelar que tiene un conflicto, un tema que está siendo valorado en diferentes instancias, eso nos preocupa en ese aspecto y Servicios Técnicos", dijo Robles a este medio

Si un diputado quiera hacer efectivo el derecho de representatividad mediante el ejercicio del voto y sabe que está violando el numeral 48 de la Ley Contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito No. 8422, que indica lo siguiente:

Artículo 48. Será sancionado con prisión de uno a ocho años, el funcionario público que sancione, promulgue, autorice, suscriba o participe con su voto favorable, en las leyes, decretos, acuerdos, actos y contratos administrativos que otorguen, en forma directa, beneficios para sí mismo, para su cónyuge, (…) sus parientes incluso hasta el tercer grado de consanguinidad o afinidad o para las empresas en las que el funcionario público, (…) incluso hasta el tercer grado de consanguinidad o afinidad posean participación accionaria, ya sea directamente o por intermedio de otras personas jurídicas en cuyo capital social participen o sean apoderados o miembros de algún órgano social.

El congresista podría ser procesado penalmente, siempre y cuando se lleve a cabo el proceso para que se levante su inmunidad penal.

Sin embargo, el Reglamento de la Asamblea Legislativa (RAL), contiene disposiciones, (artículos 1056 y 1277) que otorgan al diputado también la posibilidad de abstenerse de votar cuando la situación puede provocar un conflicto de intereses.

¿Qué pasa si la diputada vota en el "Caso Madison"?

En el caso de la jefa de la bancada oficialista, podría caer en un conflicto de interés si vota o emite alguna votación en el caso Maddison, ya que fue una de las denunciadas por la agencia por un impago por servicios realizados en la campaña. Caso que está en análisis en el Juzgado Tercero Civil del Primer Circuito Judicial bajo el expediente número 22- 000027-1623-CI.

"En situaciones que la involucren de manera directa en las investigaciones específicas que la vinculen, sí podría violentar los artículos 2, 45 y 48 de la Ley Contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito No. 8422 del 6 de 7 octubre de 2004", indicó el departamento de Servicios Técnicos.

Además de Cisneros Gallo, también fueron notificados el actual presidente de la República Rodrigo Chaves Robles, Jack Loeb Casanova, Progreso Social Democrático (representado por Luz Mary Alpízar Loaiza, presidenta de la agrupación política y congresista) y ATA Trust Company (representada por Arnoldo André Tinoco, presidente de la empresa y canciller).

"Debemos indicar que la propia legisladora es quien tiene que valorar si el asunto sometido a su consideración podría violentar el artículo 48 de la Ley contra la Corrupción y Enriquecimiento Ilícito. Si su participación y votaciones emitidas en la Comisión están relacionados con los hechos denunciados, bajo con el Expediente Judicial número 22- 000027-1623-CI ameritan su abstención conforme lo indica el numeral 105 del RAL", explicó el documento.

Por lo que la diputada tendría que abstenerse de su participación y las votaciones emitidas en la Comisión sobre el caso relacionado con dicha demanda, porque ella figura como una imputada directa.

Sin embargo, no debería verse limitada su participación en casos paralelos que investiga la Comisión Especial, por ejemplo el financiamiento de otros partidos políticos o el caso del "comercial del salto al vacío".

"Por ello, no podría indicarse en términos generales que la participación de la diputada en la Comisión 23324 puede estar violentando el numeral 48 de la Ley de marras, sino solo en aquellos actos que estrictamente haya prevalencia de un interés particular sobre el interés general.

En todo caso, se reitera que si existiera un eventual conflicto de intereses, cualquier persona tendría la posibilidad de promover la acción penal con el fin de que se genere todo el proceso de levantamiento de inmunidad en los términos que indica la Constitución Política, el Código Procesal Penal y el RAL", detalló el departamento de Servicios Técnicos.

El diputado de oposición también agregó que, según su parecer, el conflicto de interés que tendría Cisneros Gallo con relación a este caso específico, es que tendría acceso a información como diputada miembro de la comisión, para atacar a quienes la demandaron.

"Yo creo que tal vez si hay un tema de conflicto de intereses porque si yo fuera demandado y en ese espacio en donde yo tengo acceso a información como diputado, en esa comisión yo tengo acceso a información, podría utilizar esa información para cuestionar o no cuestionar.

Entonces nos preocupa que ahí sí, pueda haber un conflicto de intereses, porque estoy preguntándole a la persona que me demandó y estoy usando los recursos que tengo a la mano en una comisión para cuestionar, para entrar en un ejercicio con esta gente que no tienen a manos las mismas instancias, por lo que ahí creemos que habría que valorar un posible conflicto de intereses", concluyó Robles.

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