Pilar Cisneros busca que candidatos sin partido pueden aspirar a la Presidencia
Jefa del oficialismo dice que sería una vía para eliminar la “venta de partidos al mejor postor”
(CRHoy.com) La diputada jefa del oficialismo Pilar Cisneros dijo que presentará una reforma para que los candidatos presidenciales no ocupen de un partido político para aspirar a la presidencia de la República.
Cisneros hizo mención a esta posibilidad en el programa radial Nuestra Voz, pero tras consulta de CRHoy.com confirmó que es una idea que buscará poner en papel.
"A mi me gustaría presentar esa reforma, porque hoy el 80% de los costarricenses dice que no tienen partido político, si no hay un partido político por qué le vamos a exigir a un candidato hacer toda la tramitología de un partido político", afirmó.
Cisneros agregó que así se elimina la posibilidad de la "venta de partidos al mejor postor".
Insiste que esa persona que llegaría sin una estructura partidaria no tendría problemas en gobernar ya que deberá llamar a los mejores.
"La ventaja es que podría escoger de toda la gama de costarricenses para hacer el trabajo", respondió.
Cabe señalar que la reforma que Cisneros menciona debería incluir un cambio a la Constitución Política que es donde se indica que para aspirar a cualquier cargo de elecciones popular se debe pertenecer a un partido político debidamente inscrito al Tribunal Supremo de Elecciones (TSE), lo que se ratifica con más claridad en el Código Electoral.
Si bien la Carta Magna no indica explícitamente que estén prohibidas las candidaturas individuales a la presidencia de la República, al menos dos artículos hacen referencia a la afiliación de un partido político para poder participar en las elecciones.
Primero en el artículo 98 se indica así:
Los ciudadanos tendrán el derecho de agruparse en partidos para intervenir en la política nacional, siempre que los partidos se comprometan en sus programas a respetar el orden constitucional de la República.
Los partidos políticos expresarán el pluralismo político, concurrirán a la formación y manifestación de la voluntad popular y serán instrumentos fundamentales para la participación política. Su creación y el ejercicio de su actividad serán libres dentro del respeto a la Constitución y la ley. Su estructura interna y funcionamiento deberán ser democráticos.
Luego el artículo 138 expresa: El Presidente y los Vicepresidentes serán elegidos simultáneamente y por una mayoría de votos que exceda del cuarenta por ciento del número total de sufragios válidamente emitidos.
Los candidatos a Presidente y Vicepresidentes de un partido, deben figurar para su elección en una misma nómina, con exclusión de cualquier otro funcionario a elegir.
