¿Piensa ver los partidos de La Sele en su trabajo? Mejor no se la juegue

Trabajador puede ser despedido sin responsabilidad patronal

14 de Nov. 2022 | 4:32 pm

(CRHoy.com) El próximo domingo 20 de noviembre, se llevará a cabo la ceremonia de inauguración del Mundial Qatar 2022, el evento más importante de fútbol en todo el planeta y que lleva a cientos de aficionados a vivir cada momento del denominado "deporte rey".

Este evento se extenderá hasta el 18 de diciembre de este año, según lo indicó el calendario oficial de la Federación Internacional de Fútbol (FIFA) encargada de organizar el evento.

Muchos empleados que desean ser parte de esta cita mundialista en las que participarán 32 combinados patrios de distintas partes del mundo, incluido Costa Rica, buscan métodos para poder observar los partidos, aunque se encuentren en horario laboral, sin saber si se exponen a alguna sanción por parte del patrono.

Marco Durante, abogado especialista en derecho laboral, conversó con CRHoy.com sobre cuáles son las medidas que puede tomar un patrono si encuentra a sus trabajadores observando el partido en lugar de cumplir con su trabajo, según lo indica el Código de Trabajo en el artículo 72, incisos a y d, que indican lo siguiente:

ARTÍCULO 72.— Queda absolutamente prohibido a los trabajadores: a) Abandonar el trabajo en horas de labor sin causa justificada o sin licencia del patrono; (…) d) ) Usar los útiles y herramientas suministrados por el patrono, para objeto distinto de aquel a que están normalmente destinados

"Es causal de sanción con apercibimiento que el trabajador abandone sus labores sin justificación o permiso del patrón. Entonces, ve qué interesante, qué entienden nuestra Legislación y nuestra Jurisprudencia como abandono, no solamente el físico, el que yo me salgo de mi lugar de trabajo y me voy a un bar a ver el partido, sino también el abandono intelectual.

Yo puedo estar al frente de mi computadora en mi lugar de trabajo que el simple hecho de dejarte verle y poner en Internet o como por ejemplo en el teléfono del partido puede ser objeto de un despido sin responsabilidad patronal si es una falta reiterativa", indicó Durante.

Además, aclaró que la única manera para que el trabajador se ausente de las labores por las que fue contratada durante su jornada de trabajo, es porque el patrón tiene una causa justificada para ausentarse de las labores, es decir, que un partido de fútbol no es una razón justificable y que "yo no puedo decir que porque juega Costa Rica o por lo que fuera que eso es suficiente como para justificar una ausencia o una separación del puesto de trabajo". Por lo que, aconseja a los trabajadores que utilicen la figura de las incapacidades para ver los partidos, que no lo hagan por algunas razones:

  1. No hay una justificación por una condición física o mental que incapacite para laborar y eso implicaría que puedan cobrarle las incapacidades pagadas, por lo que puede ser sancionada disciplinariamente el trabajador y se puede comenzar una investigación contra el personal médico que dio la capacidad.
  2. Que se inicie el proceso de despido sin responsabilidad patronal.

¿Qué puede hacer el trabajador que desee ver los partidos de La Sele en el Mundial?

Durante, detalla que cada patrón debería estar tomando decisiones sobre si las empresas generarán un espacio para que los trabajadores puedan disfrutar de los diferentes partidos de la selección nacional en la cita mundialista y así poder llegar a acuerdos también con los empleados.

"Por ejemplo, se podría acordar con los trabajadores que las 2 horas del partido del miércoles 23 (contra España), la jornada se extiende, entonces cambiar la hora de entrada o generar una, con un acuerdo entre las partes, un horario ese día que te permita esas 2 horas ver el partido", mencionó el abogado.

Además, recomendó a los patronos tener planes porque ante un posible gane de La Sele, puede ser difícil para algunos empleados llegar a tiempo por las presas que se puedan generar en las carreteras, aunque aclaró que los trabajadores también deben tomar las medidas pertinentes porque deben cumplir con su compromiso laboral y deben ingresar a la hora estipulada, según su jornada de trabajo.

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