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Nutricionistas advierten sobre mensajes peligrosos de influencers en redes

El ejercicio ilegal de la profesión es un riesgo para la salud.

Por Libia Solano | 19 de Sep. 2023 | 5:11 am

 

(CRHoy.com) La Fiscalía del Colegio de Profesionales en Nutrición (CPN), advierte a la ciudadanía sobre los riesgos de salud, físicos y emocionales que conlleva adoptar planes de alimentación o recomendaciones nutricionales en general indicados por personas no profesionales en el campo de la nutrición, específicamente por "influencers".

La entidad asegura que existe un aumento de casos de personas no profesionales en nutrición, como influencers que desde las redes sociales, comercio, gimnasios y programas de televisión, brindan toda clase de recomendaciones relacionadas con la alimentación, incluso prescribiendo dietas con un altísimo riesgo para la salud de las personas, como por ejemplo el desarrollo de alergias, alteraciones metabólicas y hormonales, trastornos en la conducta alimentaria, deficiencias en vitaminas y minerales, deshidratación, efecto rebote entre otros.

Para la Fiscalía los criterios sobre alimentación, elaborar y recomendar planes de alimentación sin tener el conocimiento ni las competencias para hacerlo, además, de realizar críticas destructivas sobre el aspecto físico de las personas es peligroso. Por esta razón, insta a la población a denunciar esas conductas ante el Ministerio Público o bien al correo de esta Fiscalía fiscalia@cpncr.com

El colegio asegura que no tiene potestad legal para dictar actos administrativos contra personas ajenas al colegio, "pero si tenemos la posibilidad, al igual que cualquier otro ciudadano, de interponer ante el orden judicial las denuncias que sean necesarias contra las personas que realicen actos propios de un nutricionista", indicaron.

Según la Ley General de Salud en el artículo 370: "Será reprimido con prisión de seis meses a tres años, el que de conformidad con esta ley, ejerciere ilegalmente la medicina, la odontología, la farmacia, la veterinaria, la microbiología-química clínica, la enfermería u otras profesiones o actividades afines o de colaboración, aunque lo hiciere a título gratuito. Igual pena sufrirá el que estando o no legalmente autorizado para el ejercicio de las profesiones anteriormente citadas, anunciare o permitiere la curación de enfermedades, a término fijo, por medios secretos o supuestamente infalibles, así como el que prestare su nombre a otro que no tuviere título o la autorización correspondiente, para que ejerza las profesiones señaladas, aunque lo hiciere a título gratuito.

Según el Código Penal en el artículo 322: Será reprimido con prisión de tres meses a dos años, al que ejerciere una profesión para la que se requiere una habilitación especial sin haber obtenido la autorización correspondiente. 

"Por último, recordamos a la población verificar en la página web de nuestro colegio profesional, que la persona a la cual va a consultar o recibir algún servicio profesional en Nutrición, esté debidamente autorizada. La población merece un servicio seguro y de calidad en este campo, que solo le puede ser brindado por un Nutricionista", indicaron en el Colegio.

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