Multas de tránsito se pueden apelar por correo y sin firma digital
Posibilidad se abrió en medio de medidas restrictivas por pandemia del coronavirus
(CRHoy.com). La duda está despejada: para impugnar multa de tránsito a través de correo electrónico no se requiere firma digital.
La Policía de Tránsito repasó los requisitos para realizar el trámite por la vía digital, sin tener que acudir a las oficinas del Consejo de Seguridad Vial (Cosevi).
La apelación es una opción para aquellos conductores que consideren que fueron multados de manera injusta o improcedente.
Desde que inició la emergencia sanitaria por el coronavirus COVID-19 se dispuso de esta posibilidad para los usuarios.
"El correo disponible es recepcion-impugnaciones@csv.go.cr, cumpliendo como requisito que la persona firme manualmente el documento, que luego puede escanear, si no tiene firma digital, y adjuntar imagen de la cédula de identidad y señalar una dirección de correo electrónico como único medio para recibir las comunicaciones futuras", explicó Carlos Rivas, asesor legal de Cosevi, a través de un comunicado de prensa.
Los documentos adicionales, como la copia de la cédula de identidad y las pruebas, deben enumerarse y aportarse como anexos o escanearse en un solo documento. Eso sí, las imágenes no pueden superar el peso de 10 megabytes (MB).
Las 12 unidades de impugnación, distribuidas en cada delegación del Cosevi, están abiertas entre semana y operan con normalidad. Sin embargo, se pide a los conductores apelar al correo electrónico o al fax para los trámites.
Es necesario recordar que las multas de tránsito prescriben en 7 años con la actual Ley de Tránsito.
En caso de que el argumento no sea de recibo, lo más que logrará hacer el infractor es postergar el pago de la multa. Para renovar la licencia tendrá que pagarla, incluso con intereses.
