Multa o cárcel: la pena por bloquear vías en protestas contra el Gobierno

Abogado penalista afirma que Fuerza Pública está obligada a levantar bloqueos pues son ilegales

3 de Oct. 2020 | 11:43 am

(CRHoy.com).- Los ciudadanos y el sector productivo de nuevo son víctimas de los bloqueos que un movimiento de protesta en contra del Gobierno realiza en varias vías estratégicas del país.

Esta vez, la excusa para impedir el libre tránsito de la población es la oposición contra la propuesta que el Gobierno de Carlos Alvarado prepara para negociar un crédito de $1.750 millones con el Fondo Monetario Internacional (FMI), el planteamiento del Poder Ejecutivo se basa en el aumento de los impuestos actuales y en la creación de nuevos tributos.

Aunque las normas vigentes permiten las protestas pacíficas de los ciudadanos en contra de las decisiones de la administración pública, el Código Penal tipifica el bloque de vías públicas como un delito, mientras que la Constitución cobija el derecho de todo costarricense al libre tránsito.

Ewald Acuña, abogado especialista en Ciencias Penales, explicó que el artículo 263 bis del Código Penal es el que específicamente sanciona la obstrucción de la vía pública.

"Lo que se trata de proteger es el derecho del resto de los ciudadanos a transitar libremente por las vías públicas. La Sala Constitucional ha señalado en dos votos que la protesta es un derecho que también tienen los ciudadanos, que es parte de la libertad de expresión, pero que esa protesta no puede llegar al punto de impedir que otros lleguen a los lugares a los que desean arribar", comentó.

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Según el jurista, en la forma en que están ocurriendo los bloqueos actualmente, que son obstrucciones totales de accesos a pueblos, a puertos, a carreteras de tránsito importante para personas y productos de exportación, se está cometiendo un delito y es obligación de la Fuerza Pública actuar para levantar esos bloqueos.

El castigo por violentar la libertad de libre tránsito, agregó Acuña es de 10 a 30 días multa para cada persona que participe del bloqueo. Si el condenado no cumpliera con el pago de la multa, esta se transformaría en un día de prisión por cada día de multa impuesta.

"Hay una acción de inconstitucionalidad que se presentó en mayo contra esta disposición. Hasta ahora nadie ha sido juzgado ni condenado por el delito. De hecho, a partir de la reforma (Ley para evitar abusos en las huelgas), porque esto antes era una contravención, el primer caso que se trata de aplicar es el que genera la acción de inconstitucionalidad que está pendiente de resolución. Sí se ha imputado a personas, se les ha acusado, pero todavía no existe una sentencia por ese delito", comentó el especialista.

El abogado constitucionalista, Fernando Zamora, exsecretario general del Partido Liberación Nacional (PLN), quien ha participado en las manifestaciones contra el planteamiento del Gobierno al FMI, fue claro en que la Carta Magna protege el derecho de las personas a circular libremente por la vías del país, por lo que dijo que condena los bloqueos que han derivado de esas protestas.

"Ciertamente el artículo 22 de nuestra Constitución Política garantiza el derecho de los ciudadanos al libre tránsito y toda la legislación, reglamentación y directrices existentes en esa materia deben subordinarse a lo ordenado por ese artículo", explicó.

"Me parece que llevar la protesta al bloqueo e impedir la circulación de los ciudadanos es un grave error por cuanto ese no es el espíritu de una protesta y de una resistencia absolutamente justas a todas estas barbaridades que está haciendo el Gobierno de la República", zanjó.

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Legislador condena objetivo de bloqueos

A inicios de este año, la Asamblea Legislativa aprobó un proyecto de ley para evitar los abusos en las huelgas, como la obstrucción al libre tránsito.

Uno de los impulsores de esa iniciativa, el diputado Carlos Ricardo Benavides, del PLN, afirmó en sus redes sociales que bloquear puentes y carreteras con la excusa de rechazar una propuesta que calificó como fallida, en referencia a la que hizo el Gobierno, sesgada hacia el lado de los impuestos, es solo un "mal pretexto" para hacer daño, sembrar odio y aprovechar la angustia de la gente ante el desempleo (24,4%) y la crisis económica.

"Simple oportunismo que lesiona los derechos de las personas. el peor de los populismos es el que aprovecha la angustia de la población, sus frustraciones y necesidades, para alzarse como falso profeta, sin soluciones ni valor para enfrentar los grandes retos. Ser un carroñero no es ser valiente. El oportunista no es más que eso", afirmó Benavides.

 

La normativa que impulsó el diputado determina que no será tomada como pacífica una huelga en la que se realicen bloqueos en vía públicas o en los accesos a instalaciones que brinden servicios públicos, o en las que se recurra al sabotaje a bienes del Estado o en las que medien conductas delictivas.

Los bloqueos de esta semana dejaron durante los primeros dos días de protestas, según la Presidencia de la República, más de $37 millones en pérdidas para el sector agroproductivo.

Detrás del movimiento de protesta en contra del Gobierno están exdiputados como José Miguel Corrales, Célimo Guido y Óscar Campos.

CRHoy.com publicó este sábado que este último, quien también es dirigente del Consejo Nacional de Cooperativas (Conacoop), pretende fundar un nuevo partido político denominado Encuentro Nacional, en el que figura, según confirmó el Tribunal Supremo de Elecciones (TSE), como el presidente de su Comité Ejecutivo provisional.

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