MOPT y Municipalidades definirían vías públicas dentro de condominios
Violenta el derecho a la privacidad y seguridad que tienen los compradores según Cámara de Construcción
La vida en condominio tal y como se conoce con muros, calles privadas y controles de acceso con guardas de seguridad podría modificarse drásticamente en el futuro y dar paso a una nueva modalidad de complejos habitacionales cruzados por una o varias vías públicas.
Este es uno de los múltiples cambios que impulsa el Ministerio de Vivienda con las modificaciones al "reglamento a la ley reguladora de la propiedad de condominio" que está en consulta pública por parte de la institución.
El artículo 14 BIS -modificado- indica que "El condominio deberá integrase a la vialidad existente, para lo cual realizará todas las coordinaciones pertinentes con la Municipalidad o el MOPT, según corresponda. Lo anterior sin detrimento de la privacidad requerida por el condominio…".
La Cámara de la Construcción asegura que este cambio atenta directamente contra la privacidad y seguridad que los compradores de casas en condominios horizontales buscan, ya que las calles públicas dentro de una propiedad privada quedarían a criterio de un funcionario municipal o del MOPT y no de un plan regulador.
"Lo que nos preocupa es cómo se va a interpretar la frase del artículo que dice que los constructores deben realizar todas las coordinaciones pertinentes con la municipalidad o el MOPT… eso es muy abierto, acá hasta se podría creer que queda a criterio de un funcionario de esas instituciones la decisión de establecer o no una calle pública dentro de una propiedad privada… la posición nuestra es que si existe un plan vial dentro de un plan regulador aprobado y publicado previamente sí se debe respetar, pero una vía pública no puede quedar sujeta a que un funcionario de la municipalidad o del MOPT tome o no la decisión" explicó Guillermo Carazo, directivo de la Cámara de la Construcción.
Según la Cámara, si la planificación vial está dentro de un plan regulador municipal o regional, el constructor del condominio la conocería previamente y al analizar el terreno dónde pretende construir y los diseños se adaptarían a dicho plan para hacer dos complejos en lugar de uno, manteniendo así los ambientes privados por los que paga la gente.
"No todas las propiedades son tan grandes como para poder dividir un condominio en dos etapas y además no existe una garantía de cuántas calles públicas podrían pedir éestos funcionarios… ¿Qué tal si piden dos o tres calles públicas dentro de una propiedad privada? ¿Dónde quedan los derechos de los propietarios? Incluso un funcionario podría impedir la construcción de un condominio con el simple hecho de pedir cuatro calles públicas o una intersección dentro de la propiedad privada", agregó Carazo.
Ya en 2015 el reglamento, que era impulsado por el INVU, había generado polémica. En aquel momento, las tensiones incluso surgieron a lo interno del gobierno, pues el Ministro de Vivienda aseguró que las autoridades del INVU no los habían tomado en cuenta.
La Cámara asegura que los planes reguladores se crearon precisamente para que los cantones crezcan ordenadamente y si la comunidad necesita una calle pública en el futuro ya debería estar incluída dentro de dichos documentos.
El Ministerio de Vivienda se sacude las críticas y asegura que los cambios al reglamento nacen de una necesidad de beneficiar a los ciudadanos que pagan altos precios por este tipo de construcciones y a su vez ordenar el sector que ha crecido indiscriminadamente.
"Es importante aclarar que la redacción actual de la propuesta del artículo 14 BIS menciona que los condominios se alinearán con la vialidad oficial proyectada, lo cual hace referencia a un instrumento técnico y objetivo, emitido de manera formal por parte de las Municipalidades y el MOPT", explicó el Ministro de Vivienda Rosendo Pujol.
El Ministro asegura que no se pretende violentar la privacidad ni la seguridad de quienes pueden pagar un hogar dentro de este tipo de complejos. "No se compromete la privacidad ni la seguridad así está redactado en el artículo… se explica claramente que toda decisión se realizará sin detrimento de la privacidad requerida por el condominio." agregó el jerarca. Sin embargo, Pujol no determina qué o quién define la "privacidad".
¿Más accesibles?.
La propuesta de modificaciones afecta también otros 13 artículos del reglamento, entre ellos, se establece una definición nueva de "condominio de interés social" que se refiere a las construcciones financiadas parcial o totalmente con Fondos del Sistema Nacional para la Vivienda y declaradas como tal por el Banco Hipotecario de la Vivienda.
Otra de las modificaciones importantes implementadas por el MIVAH es la reducción de los espacios requeridos para estacionamientos: en condominios verticales queda un espacio de estacionamiento por cada cuatro unidades habitacionales. En condominios horizontales debe haber un espacio de estacionamientos por cada diez unidades habitacionales y para condominios verticales u horizontales con más de treinta unidades habitacionales se aplicará lo establecido en el artículo 11 del presente reglamento.
Según el Ministro, con estas modificaciones se pretenden cuatro puntos específicos:
- Luchar contra los altos costos de las viviendas en condominio: Actualmente el suelo urbano es muy caro, lo cual se traduce en una necesidad de promover mayores desarrollos de vivienda vertical dentro y fuera del Sistema Financiero Nacional para la Vivienda, por ende, se requiere realizar modificaciones que faciliten las construcciones en altura para familias de menores ingresos.
- Mejorar la vialidad: Es importante que los nuevos desarrollos en condominio mejoren la forma en la cual se integran con la vialidad de los asentamientos humanos del país, contemplando en su diseño y emplazamiento, tanto las calles existentes como la proyectadas con el fin de aumentar la redundancia y conectividad vial de los asentamientos humanos.
- Promover condominios verticales de interés social: Buscamos que se garantice un uso eficiente de los recursos del Sistema Financiero Nacional para la Vivienda y se tomen en consideración las particularidades necesarias para que las familias potenciales beneficiarias puedan convivir adecuadamente.
- Mejoramiento: Que se implemente mejores formas en la que se realizan las instalaciones electromecánicas y también, en la diversidad de cerramientos utilizados para garantizar la privacidad y seguridad de los futuros condominios.
Ministerio niega que cambios promuevan "ideología"
"Los cambios propuestos son respaldados en argumentos técnicos y no ideológicos, pues se enfocan en atender problemáticas concretas que se presentan en los condominios, en temas como vialidad, parqueos, cerramientos perimetrales, sistemas electromecánicos y áreas privadas internas destinadas a zona verde, juegos infantiles, parques o áreas recreativas", asegura Pujol.
Además, el jerarca de Vivienda asegura que no ha recibido las observaciones de la Cámara Costarricense de la Construcción.
La consulta pública obliga a la institución a darle seguimiento a todas las observaciones, comentarios y propuestas de modificación que sean presentadas por la ciudadanía durante la realización del proceso.
El periodo de consulta pública estará abierto hasta el próximo lunes 20 de febrero y las observaciones pueden ser entregadas por las personas o instituciones interesadas en las oficinas del Ministerio de Vivienda y Asentamientos Humanos o enviados al correo: consultaspublicas@mivah.go.cr .
CRHoy.com solicitó una opinión técnica al Colegio Federado de Ingenieros y Arquitectos, pero al cierre de esta nota no respondieron a las consultas enviadas.





