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MOPT irrespetó ley fiscal al avalar pago de prohibición del 65%

Ley estipula que sobresueldo para licenciados debe ser del 30%

Por Pablo Rojas | 29 de Jul. 2019 | 5:29 am

(CRHoy.com). La Unidad de Recursos Humanos del Ministerio de Obras Públicas y Transportes (MOPT) pasó por alto los lineamientos establecidos en la Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas, conocida popularmente como 'plan fiscal', para reconocer el pago de 65% de sobresueldo por concepto de prohibición a una funcionaria recién ingresada a la entidad.

La ley, vigente desde diciembre de 2018, establece en el Artículo 31 que este beneficio salarial se debe pagar en un 30% para aquellos profesionales que tengan licenciatura o un grado académico superior. No en un 65% (como se estipulaba anteriormente).

El caso versa sobre el nombramiento de una funcionaria de apellidos Víctor Castro, quien el 17 de mayo fue designada como asistente legal en el departamento de Auditoría General del ministerio.

La funcionaria es licenciada en Derecho y por tanto debe recibir el sobresueldo por concepto de prohibición en un 30%. Sin embargo, según consta en documentos en poder de CRHoy.com, se le concedió el beneficio en un 65% contrario a lo que estipula el 'plan fiscal'.

Víctor ocupa una plaza de profesional de Servicio Civil categoría 1B, con un salario base de 610.150 mensuales. Sin embargo, el 65% de sobresueldo otorgado indebidamente le permiten obtener una remuneración mensual de 1.006.747,50.  En teoría, con el plus del 30%, el salario mensual asciende a 793.195.

Así consta en documentación a la que tuvo acceso CRHoy.com con datos actualizados al 15 de julio anterior.

¿Qué es la prohibición?

Este plus se centra en la restricción impuesta a quienes ocupan determinados cargos públicos. Surgió con la finalidad de asegurar una dedicación absoluta de los funcionarios a las labores y responsabilidades públicas que deben cumplir.

Así las cosas, todo funcionario que reciba el sobresueldo tendrá imposibilidad de desempeñar su profesión o profesiones en cualquier otro puesto, en el sector público o privado, estén o no relacionadas con su cargo, sean retribuidas mediante sueldo, salario, dietas, honorarios o cualquier otra forma, en dinero o en especie, o incluso ad honorem.

[accordionset][accordionx heading='Lo que señala el plan fiscal']

Artículo 36- Prohibición y porcentajes de compensación

Los funcionarios públicos a los que por vía legal se les ha impuesto la restricción para el ejercicio liberal de su profesión, denominada prohibición, y que cumplan con los requisitos establecidos en el artículo 31 de la presente ley, recibirán una compensación económica calculada sobre el salario base del puesto que desempeñan, de conformidad con las siguientes reglas:

1. Un treinta por ciento (30%) para los servidores en el nivel de licenciatura u otro grado académico superior.

2. Un quince por ciento (15%) para los profesionales en el nivel de bachiller universitario.[/accordionx][/accordionset]

"Los funcionarios bajo régimen de prohibición obtendrán una compensación económica por la limitación al ejercicio liberal de su profesión o profesiones en los términos señalados en la presente ley", señala la ley fiscal.

Sobresueldo de 65% inviable

Un oficio remitido por Pilar Garrido, ministra de Planificación Nacional y Política Económica, como rectora del empleo público, con fecha del 15 de julio, dejó claro que en el caso de dependencias de auditoría interna el porcentaje de prohibición debe ser del 30% para el grado académico de licenciatura en aquellos funcionarios que ingresaron (o ingresen) a laborar posterior a la publicación de la ley de 'plan fiscal'.

"(…) una persona servidora pública (auditor en este caso) que ingrese por primera vez a laborar en la Administración Pública, después de la entrada en vigencia de la ley, se le deberán aplicar los nuevos porcentajes establecidos (30% o 15% sobre el salario base del puesto que desempeña) a contrario sensu, las personas servidoras públicas que se encontraban activas y sujetas al régimen de prohibición antes del 4 de diciembre de 2018, fecha de la entrada en vigencia del Título III de la Ley N°9635 (plan fiscal), mantendrán sus condiciones, siempre que exista continuidad laboral y se mantengan las mismas condiciones académicas", detalló Garrido, quien agregó que no se pueden a referir a casos concretos y esperan un pronunciamiento de la Procuraduría General de la República (PGR) al respecto.

De igual manera, Alfredo Hasbum Camacho, director general de Servicio Civil, manifestó en un oficio fechado el 15 de enero de 2019 que los lineamientos de la ley vigente desde diciembre (pago de prohibición por 15% y 30%) son aplicables para los funcionarios que ingresen a laborar por primera ocasión.

CRHoy.com consultó al MOPT sobre esta situación, sin embargo al cierre de elaboración de esta nota aún no se había recibido respuesta.

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