Ministro respalda reforma que sanciona a quienes colaboran con sicarios
El ministro de Seguridad Pública, Mario Zamora, respaldó el expediente 24.047, una reforma al Código Procesal Penal que además de aumentar las penas a quienes comente homicidios por sicariato, también castiga a las personas que colaboran con esta actividad criminal.
Zamora compareció este jueves en la Comisión de Seguridad del Congreso, donde se analiza este proyecto, presentado por el diputado de Nueva República, David Segura.
Explicó que el proyecto visibiliza y permite demostrar un segmento de los homicidios que son los que se hacen por sicariato, que calificó como actividad criminal terrorista.
"Celebramos que se castigue no solo al que mata, sino a aquel que da la orden de muerte, esa estructura tenemos que tocarla y el proyecto lo hace", señaló.
Zamora también resaltó que la reforma alcanza a quienes dan una "asesoría técnica" a estos grupos.
Lamentó que han tenido evidencia que exfuncionarios de las unidades especiales del Poder Judicial, específicamente del Servicio Especial de Respuesta Táctica (SERT), enseñando técnicas a los sicarios, que son propias y exclusivas de nuestros entes policiales.
El ministro dijo que estas personas que se han ido a vender al narcotráfico deben ser sancionadas y que este proyecto permite sancionar a quienes transmiten conocimiento a bandas criminales para perfeccionar su accionar homicida.
"Estos facilitadores de la acción sicarial son sancionados con esta nueva legislación", mencionó.
Un ejemplo de estas nuevas modalidades se da cuando personas con permiso de portación de armas, prestan el arma a un sicario, este comete el crimen y le devuelve el arma a la persona.
"Estas personas merecen ser sancionadas y al día de hoy no lo son", afirmó.
El proyecto establece lo siguiente:
Se agrega un artículo 112 bis al Código Penal, Ley N.° 4573, de 04 de mayo de 1970, y sus reformas, y sea de la siguiente manera:
Artículo 112 bis- Sicariato. Quien mate a otra persona, por precio, pago, recompensa, promesa remuneratoria u otra forma de beneficio económico, para sí o un tercero, será sancionado con pena de prisión de 20 a 35 años.
La misma pena se impondrá a quien reclute, prepare, adoctrine, forme, instruya, promueva o capacite a personas para el sicariato.
La pena será de 25 a 35 años, quien contrate a personas menores para fines de sicariato.
La sola publicidad u oferta de sicariato será sancionada con pena privativa de libertad de 5 a 7 años.
El proyecto apenas inicia su etapa de análisis en la comisión.
