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Ministro de Educación urge a diputados aprobar proyecto sobre huelgas

Considera que eso provocará una calificación mucho más rápido, contrario a lo que precisamente viven en el sector educativo.

Por Paula Ruiz | 28 de Ene. 2019 | 6:37 am

La huelga duró 89 días y afectó en 60, el curso lectivo. CRH.

El Ministro de Educación Pública, Edgar Mora, pidió a los diputados apurar el dictamen y votación final en Plenario del proyecto de ley que busca realizar modificaciones a la Reforma Procesal Laboral en materia de huelgas.

Se trata del expediente 21.049 que se dicute a través de una comisión especial la cuál, ya tuvo en audiencia precisamente sindicatos del sector educación, quienes pidieron el archivo de la iniciativa por considerarla revanchista y violatoria del derecho a huelga.

"A nosotros nos convendría que esa discusión termine pronto", manifestó Mora ante los diputados de la Comisión de Juventud, Niñez y Adolescencia donde estuvo en audiencia este martes.

Una de sus justificaciones, tiene que ver con que aún la huelga en el sector educativo no tiene una calificación en segunda instancia, pese a que inició desde setiembre de 2018.

"Esto debería de no suceder, también debería de reconsiderarse una inconveniencia de que una huelga política a la vez de ser legitimada por la ley, pueda ser declarada indefinida, pareciera eso tener una contradicción en sí mismo", sostuvo.

Según datos del Ministro, un 63 de cada 100 docentes se sumaron al movimiento, lo cuál provocó una afectación de 501 mil estudiantes, cifra que podría ser mayor si se toma en cuenta que algunos educadores retornaron a las aulas 15 días o un mes después de iniciada la huelga.

Sobre este punto de calificaciones de huelga, el proyecto indica que será un juzgado del lugar donde se desarrollaron los hechos, el encargado de esa decisión, aunque si el movimiento se realiza en varios puntos del país, le corresponderá a jueces de alguno de esos lugares, según lo pida el solicitante, pero, en el caso de efectuarse en dos provincias o a nivel nacional, será el Juzgado de Trabajo de Primer Circuito Judicial de San José, el encargado de ese trámite.

"En los casos de huelga en servicios públicos, cuando el juzgado respectivo se encuentre en paro o suspensión de servicios por las razones que fueren, será competente el Tribunal de Apelaciones de dicho circuito y en su defecto la Sala Segunda de la Corte Suprema de Justicia", establece.

La iniciativa en discusión, establece que los jerarcas de entidades públicas están obligados a solicitar esa calificación desde el primer día en que se suspendan labores.

"Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 668, solo podrá intentarse un único proceso de calificación por el mismo movimiento o hechos, siempre que se trate de un mismo empleador o empleadora, aunque tenga lugar en todo el territorio nacional o en determinadas regiones. Si se produjera únicamente en un centro de trabajo se circunscribirá la calificación a ese centro", establece la propuesta del diputado Carlos Ricardo Benavides.

Durante la tramitación del proceso no será admisible ninguna apelación.

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