MEP tiene 18 meses para aplicar Ley 7600 en CTP de Pital

Foto: Fines ilustrativos
(CRHoy.com) La madre de una menor de 13 años con discapacidad cognitiva, estudiante del Colegio Técnico Profesional (CTP) de Pital, ubicado en San Carlos, ganó un recurso de amparo en contra del Ministerio de Educación Pública (MEP), en el que exige que se solucionen los problemas de deterioro de la institución y que se aplique la Ley 7.600.
El recurso, la madre de la amparada alega que las instalaciones del CTP no cuentan con las condiciones necesarias para que pueda recibir sus lecciones de manera adecuada; además, en el documento expone que hay más estudiantes con la misma condición de su hija a los que se les dificulta el proceso de aprendizaje por las mismas razones.
La recurrente indicó ante la Sala, que el CTP se encuentra en deterioro, al punto que cuando llueve, el colegio se inunda, las paredes presentan comején, el techo y el cielo raso tienen aberturas, piezas que cuelgan, la madre de la estudiante, indicó sentir temor por la integridad física de los menores en caso de una de las piezas les caiga del techo.
Además, en el amparo, la mujer denuncia que en el centro educativo no se cumple con la Ley 7.600, Ley de Igualdad de Oportunidades Para las Personas con Discapacidad, ya que en el lugar no se cuentan con rampas, para las personas que tienen que movilizarse en sillas de ruedas y se expone que en CTP hay varios estudiantes que usan sillas de ruedas.
En el documento, la recurrente expone que desde el año 2016 el colegio inició un trámite para la construcción de la infraestructura requerida por parte de los estudiantes con discapacidad; sin embargo, indica que el MEP no ha ejecutado las acciones para llevar a cabo las obras.
A lo anterior, también se agrega, que por parte del CTP de Pital, se hizo un proyecto de construcción de infraestructura para el tercer ciclo y certificado vocacional, el cual fue expuesto ante la Dirección de Infraestructura y Equipamiento Educativo (DIEE) del MEP, por lo que en el año 2018, esa dirección inició los trámites de la ejecución de las obras.
En su gestión, el CTP le entregó a la DIEE la constancia de la disponibilidad de agua, pruebas de infiltración y estudio de suelos, plano catastro, ubicación del hidrante más próximo, fotografías y video del transformador eléctrico más cercano, exoneración del alcantarillado, certificación de personería jurídica, decisión de inicio y justificación para la contratación.
Para ese momento, el MEP realizó los depósitos de los dineros a las cuentas de la Junta Administrativa del colegio; pero, no se ha podido proceder con las obras porque los planos que estaban a cargo de la DIEE no existen.
"El Arquitecto Sergio Sandí Rojas de la DIE respondió; que debido a la reestructuración de la DIE, ahorita no hay un funcionario designado para atender nuestro caso y que va a tratar de ayudar a título personal, para que se tenga un avance significativo en la inscripción de los planos ante el CFIA (…)", indicó Anayancy Bonilla, directora regional de San Carlos, en el informe que rindió ante la Sala Constitucional.
En la sentencia del recurso, se expone que Bonilla considera que la DIEE no ha lesionado los derechos fundamentales de la tutelada.
Debido a lo anterior, la Sala IV dio con lugar el recurso, ordenando a la ministra Anna Katharinna Müller y a la DIEE que en un plazo de 18 resuelvan de manera definitiva las necesidades de infraestructura que se tienen en el centro educativo.
"Por tanto: Se declara con lugar el recurso. Se ordena a Anna Katharina Müller Castro y a Catalina Salas Hernández, por su orden, ministra y directora de la Dirección de Infraestructura Educativa del Ministerio de Educación Pública, o a quienes ejerzan tales cargos, tomar las medidas correspondientes dentro del ámbito de sus competencias para que, en el plazo de dieciocho meses contado a partir de la notificación de esta sentencia, se brinde una solución definitiva al problema de infraestructura que sufre el CTP de Pital", citó el "Por tanto" de los Magistrados.