Magistrados decidirán si alcaldes podrán reelegirse de forma consecutiva
Actualmente no hay límite para continuar en el puesto

Actualmente, las autoridades municipales pueden reelegirse de forma indefinida. Imagen ilustrativa. (CRH).
(CRHoy.com) Los magistrados de la Sala Constitucional decidirán si los alcaldes podrán continuar en reelecciones indefinidas o bien, solo estarían al frente de las Municipalidades en períodos de 4 años.
Esto, tras darle curso a una acción de inconstitucionalidad presentada por el excontralor Alex Solís la cual se acumuló con la interpuesta por Kyra de la Rosa Alvarado, Montserrat Alcázar Alvarado y Ana Mercedes Ruiz Loáiciga, que busca frenar la reelección consecutiva e indefinida de las autoridades municipales.
Según Solís, el artículo que se impugna es el número 14 del Código Municipal donde se establece la regla de que los representantes de Gobiernos Locales serán electos de forma popular cada primer domingo de febrero, dos años después de las elecciones nacionales y se establece que tomarán posesión de sus cargos el 1 de mayo del mismo año de su elección "por un período de cuatro años y podrán ser reelegidos".
El excontralor sostiene que eso es inconstitucional porque no respeta el principio de alternancia y se quebranta el derecho a elegir y ser electos.
Según Solís, ese artículo del Código Municipal entonces, "provoca cacicazgos o pequeños reyes sin corona que terminan abusando del poder. Se quebranta el principio de transparencia y rendición de cuentas".
De esta forma, alega que se conlleva a una "democracia dictatorial" porque, si bien son elegidos popularmente, están en el puesto durante un tiempo indeterminado.
En la acción de inconstitucionalidad también se argumenta que la reelección consecutiva limita y obstaculiza que las mujeres puedan postularse al puesto de mayor jerarquía municipal, al ser contempladas, en su mayoría, solo para postularse en la primera suplencia.
En esta misma línea, la diputada María Inés Solís había presentado un proyecto de ley tramitado mediante el expediente 21.257 donde busca establecer como límite dos reelecciones consecutivas completando un período de 12 años.
No obstante, Solís consideró que aún así, 12 años al frente de una alcaldía es mucho tiempo porque implicaría una renovación constante de ese jerarca.
Según datos del Centro de Documentación del Instituto de Formación y Estudios en Democracia del Tribunal Supremo de Elecciones (TSE), un 46% de los alcaldes entre el 2002 y 2016, tiene al menos dos períodos, mientras el 31% llegan a tres.
Actualmente, los diputados para volver a optar por el puesto, deben esperar cuatro años, aunque en el Plenario, discuten la admisibilidad de un proyecto de ley que abre la posibilidad de reelección consecutiva.
Si los magistrados finalmente declaran con lugar la acción, impediría la reelección consecutiva en los cargos de alcaldía, vicealcaldía, registros, miembros del concejo de distrito, intendentes y viceintendentes.