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Jueza entregó claves a funcionario para poner firma digital en resolución de violencia doméstica

Además, empleado judicial otorgó medidas de protección también usando firma de la jueza

20 de Feb. 2023 | 6:27 am

(CRHoy.com).— Una jueza y un funcionario judicial fueron suspendidos dos meses sin goce de salario, ya que la jueza le entregó al funcionario sus claves y credenciales para que este firmara las resoluciones para el dictado de las medidas de protección a favor de una mujer que llegó a los Tribunales de Nicoya a interponer una denuncia.

La resolución, que fue confirmada por el Consejo Superior del Poder Judicial, está consignada en el acta 2-2023 del 12 de enero del 2023 pasado. En el procedimiento disciplinario 20-000774-0031-DI.

La Dirección Ejecutiva del Poder Judicial concedió asueto a los servidores judiciales que laboran en los despachos del cantón de Nicoya, Guanacaste, por motivo de la celebración de festejos cívicos patronales, pero manteniendo los servicios básicos para atención de los usuarios.

El 10 de febrero del 2020, una mujer fue trasladada por la Fuerza Pública a los tribunales de Nicoya con el fin de solicitar medidas de protección por violencia doméstica contra su pareja sentimental.

Un oficial de seguridad de los tribunales, se comunicó con el funcionario para comentarle que había una usuaria y este llegó para atenderla. El funcionario llamó a la jueza, quien le dijo que estaba en el Hospital de la Anexión, con su padre hospitalizado.

El funcionario para poder recibir la denuncia, confeccionar y otorgar las medias de protección provisionales debía insertar la imagen de su firma en dichos documentos.

El Tribunal de la Inspección Judicial dio como hechos probados que el funcionario recibió la solicitud de medidas de protección a las 9:55 a.m. y la denuncia a la que se le asignó un número de expediente y "luego confeccionó la resolución de las 9 horas y 58 minutos de ese mismo día, por medio de la cual se dictaron medidas de protección provisionales a favor de (…) y contra el denunciado (…)".

De igual forma, confeccionó los siguientes documentos:

  1. Oficio dirigido a todas las autoridades del país, que pone en conocimiento las medidas de protección otorgadas a favor de (…).
  2. Comisión de las 10 horas y 03 minutos del 10 de febrero del 2020 dirigida a la Delegación Policial de Proximidad de Nicoya para notificar al denunciado (…) la resolución que da curso al proceso.
  3. Oficio dirigido al Coordinador Nacional contra la Violencia Intrafamiliar, Departamento de Planes y Operaciones, Ministerio de Gobernación, Policía y Seguridad Pública.
  4. Oficio dirigido al Instituto Nacional de la Mujer, oficios mediante los cuales se pone en conocimiento la existencia del proceso de violencia doméstica.

"Siendo que en las resoluciones, oficios y documentos indicados, el investigado insertó la imagen de la firma que corresponde a la jueza (…), pese a que la juzgadora no se encontraba en el despacho", indicó el Tribunal de la Inspección Judicial.

El Consejo Superior rechazó un recurso presentado por la defensa del funcionario alegando que el caso había prescrito, ya que "es relevante señalar que una vez dictado el acto final, tendrá recurso de apelación para ante este Consejo, pero sin que esta fase recursiva de alzada, corran plazos de prescripción o caducidad por no haberse contemplado así expresamente en la Ley Orgánica".

"Esta Cámara considere contrario a lo que señala la defensa técnica, que sí existe culpa grave en el presente caso, por cuanto las acciones de los encausados resultan imprudentes y negligentes, al haberse compartido las credenciales de la jueza y haberse firmado resoluciones judiciales sin haber estado realmente ella presente en la oficina para haberlo realizado", señaló el Consejo.

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