Libertarios impugnan convención colectiva de Japdeva
Denuncian cláusulas abusivas
Los diputados Otto Guevara y Natalia Díaz, del Movimiento Libertario, presentaron una acción de inconstitucionalidad contra cláusulas que consideran abusivas de la convención colectiva de la Junta de Administración Portuaria y de Desarrollo Económico de la Vertiente Atlántica (Japdeva).
Según los legisladores, esas normas violentan los principios constitucionales de razonabilidad, proporcionalidad y equilibrio presupuestario.
Entre las cláusulas que impugnan están las siguientes:
- Jornadas de tiempo extraordinario: Durante las primeras cuatro horas, el trabajador recibirá un pago de tiempo y medio por cada hora laborada. Si el trabajador es convocado a una reunión del sindicato y ese día debía trabajar horas extras, hay que pagárselas aunque no las trabaje y cancelarle los viáticos (hospedaje, alimentación, etc.) en caso de que hubiera tenido que salir de gira. Si después de esas cuatro horas debe seguir laborando porque urgentes necesidades así lo requieren, siempre y cuando no se cause perjuicio al trabajador, devengará una remuneración de doble salario por cada hora trabajada.
- Indemnización parcial de cesantía: Cuando por alguna razón Japdeva elimine las horas extras que el trabajador venga laborando, la institución deberá pagarle una indemnización parcial de cesantía consistente en una suma proporcional a las horas extras que deje de devengar.
- Permisos a la Junta Directiva del Sindicato de Trabajadores de Japdeva (Sintrajap): Los miembros disponen de hasta 100 días hábiles con goce de salario con el fin de que puedan atender sus obligaciones y reuniones que les competen por su cargo.
- Permisos con goce de salario a los directivos de Sintrajap: Japdeva otorgará permiso con goce de salario a esos directivos para asistir a sesiones ordinarias y extraordinarias una vez por semana como máximo en horas que coincidan en jornada laboral y Sintrajap lo solicite.
- Licencias con goce de salario a los trabajadores: El trabajador tiene derecho hasta a diez días hábiles por matrimonio y a dos días si alguno de sus hijos contrae matrimonio.
- Complemento salarial por cómputo: La institución reconoce un complemento salarial de un 25%, sobre el salario base aplicable en forma exclusiva a los puestos de la serie técnica, con especialidad en computación a los funcionarios que desempeñen efectivamente las tareas propias de los puestos, siempre y cuando no devenguen incentivos por concepto de dedicación exclusiva, disponibilidad y carrera profesional.
"Todos los costarricenses pagamos este tipo de privilegios a través de nuestros impuestos o tarifas altas por los servicios públicos. Se tiene que hacer un alto a estos abusos tan descarados", dijo Guevara.
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