Juez decidirá el próximo mes si ordena juicio contra Keyla Sánchez
Expediente tuvo que regresar a Fiscalía por actividad procesal defectuosa
(CRHoy.com) Un juez de la etapa intermedia decidirá el próximo mes si ordena o no la realización de un juicio oral y público contra la presentadora de televisión, Keyla Sánchez, por presunta conducción temeraria y aparente falsedad ideológica.
El Juzgado Penal del III Circuito Judicial de San José, con sede en Pavas, señaló para el 30 de junio siguiente, a las 2:30 p.m., la audiencia preliminar correspondiente a la causa 22-000203-0283-PE, confirmó el departamento de comunicaciones de la Corte Suprema de Justicia ante consulta de CRHoy.com.
Será hasta ese momento que el órgano jurisdiccional conozca formalmente una acusación y solicitud de auto de apertura a debate presentados por el Ministerio Público; mismas que fueron dadas a conocer por este medio el 17 de febrero anterior. En ese acto deberá determinar si las piezas formuladas cumplen o no con los requerimientos estipulados en el artículo 303 del Código Procesal Penal y valorar si la prueba que las partes aporten es o no incorporada para el eventual contradictorio.
Diez días después de esa publicación, la oficina de prensa del Poder Judicial indicó que la causa había sido devuelta a la Fiscalía a fin de que se saneara una actividad procesal defectuosa, que es un alegato que permite a las partes cuestionar una actuación judicial en irrespeto a las garantías procedimentales.
CRHoy.com intentó conocer los detalles de esa gestión con el departamento de comunicaciones del Ministerio Público, pero esta se limitó a confirmar que se trataba de un planteamiento de la propia Fiscalía, pero que, en apego al artículo 295 del Código Procesal Penal, no era posible referirse al fondo de la misma.
Los hechos por los que se investiga a la conductora de Teletica, de 31 años de edad, se relacionan con un accidente de tránsito que protagonizó el 31 de marzo de 2022, cuando colisionó contra una barrera de una caseta de peaje en Ciudad Colón, en Mora, sobre la ruta 27, que comunica a San José con Puntarenas.
El incidente vial obligó al traslado de urgencia de Sánchez al Hospital San Juan de Dios (HSDJ), en San José.
Ni la Fiscalía ni la Dirección General de Policía de Tránsito (DGTP) han detallado hasta ahora si a la presentadora se le practicó o no la prueba de concentración de alcohol en sangre o en aire. No obstante, según lo dio a conocer este medio, el entonces director general de la Policía de Tránsito, Alberto Barquero Espinoza, ordenó la apertura de una investigación por una posible omisión de deberes contra los oficiales que atendieron el accidente.
La apertura de la pesquisa se realizó a través del oficio DGPT-TC-2022-63. El documento además ordenó a las jefaturas de Operaciones y Supervisión Nacional realizar "una revisión de la actuación, en apego a los protocolos establecidos, para mejor resolver".
Si una persona se niega o no se puede realizar la prueba, los uniformados deben solicitar una orden judicial para efectuarla. Además, el conductor debe ser sancionado con una multa categoría A (máxima prevista en la Ley de Tránsito por Vías Públicas Terrestres y Seguridad Vial) por ¢333.973.
El dato de ese examen es de relevancia en el tanto que uno de los causales de la conducción temeraria -reza el artículo 261 bis del Código Penal- es el de manejar un automotor bajo la influencia de bebidas alcohólicas, con una concentración de alcohol en sangre superior a 0,75 gramos por cada litro de sangre o con una concentración de alcohol en aire superior a 0,38 milígramos por litro. La ley prevé otros escenarios de conducción temeraria, como lo son la conducción a una velocidad superior a 150 kilómetros por hora (km/h) o en carreras ilícitas.
Dicho ilícito se sanciona con entre 1 y 3 años de prisión, así como entre 2 y 4 años de inhabilitación para manejar.
Respecto a la aparente falsedad ideológica, se tiene que esta figura está contenida en el numeral 358 de la misma norma y se entiende como el acto de insertar o hacer insertar en un documento público o auténtico, declaraciones falsas, concernientes a un hecho que el documento deba probar, de modo que pueda resultar perjuicio. Como castigo, se fijan penas de entre 1 y 6 años de cárcel.
La Fiscalía no detalló aún con qué se relacionan esos hechos. No obstante, el 30 de julio de 2022, el influencer Diego Bravo publicó un documento del Instituto Nacional de Seguros (INS), en el que se le niega la cobertura de los daños del accidente a la presentadora, por inconsistencias en la declaración que ésta dio sobre el hecho.
Según los extractos divulgados, la conductora de televisión aseguró que ella no condujo bajo la influencia del alcohol, situación que se contrasta con un parte médico.
El 14 de setiembre de 2022, Sánchez fue indagada -es decir, puesta en conocimiento de la pesquisa en su contra- por estos hechos. No obstante, para tal cita, el Organismo de Investigación Judicial (OIJ) tuvo que acudir a su lugar de trabajo para entregarle la notificación formal, toda vez que había cambiado de domicilio y no había sido localizada en su anterior casa.
CRHoy.com procuró un comentario de Sánchez, pero esta no atendió los mensajes enviados a su teléfono celular.


