Jueces ordenan liberación inmediata de miembros de banda Los Gery

28 de Jul. 2022 | 8:25 pm

(CRHoy.com) El Tribunal de Apelación de Sentencia de Cartago ordenó esta tarde la liberación de varios miembros de la banda Los Gery, quienes están a la espera de un juicio por varios delitos relacionados a narcotráfico y homicidios ocurridos en La Unión, Cartago y alrededores.

Dicha investigación contra los presuntos miembros de la organización se realizaba bajo el expediente número 18-000817-0071-PE.

En la resolución número 2022-390, a la que tuvo acceso CRHoy.com, el Tribunal dictó la liberación de 10 miembros que estaban privados de libertad y desestimar la medida de los otros 14 que estaban bajo arresto domiciliario.

"Por mayoría, por carecer de competencia para ello, debido a que se han superado todos los plazos por los que pueden mantenerse la prisión preventiva, el arresto domiciliario con monitoreo electrónico y el seguimiento mediante monitoreo electrónico, se rechaza la solicitud formulada por el Ministerio Público", señaló el Tribunal de Apelación de Sentencia.

Es por esto que se ordenó la libertad inmediata de Gary Campos Barrantes -uno de los líderes-, Jiménez Bastos, Córdoba Fallas, Solano Miranda, Sandoval Rodríguez, Morales Navarro, Torres Herra, Segura Mejía y Loría Solís.

En el caso de los imputados Alvarado Flores, Sandoval Rodríguez, Delgado Gamboa, Mora Agüero,Grain Lachner, Araya Araya, Pérez, Rojas Madrigal, Pérez Cordero, Mejías López, Zúñiga Ramírez y Fallas Ramírez, tendrán el levantamiento de las medidas de arresto domiciliario con monitoreo electrónico y de seguimiento.

Esta resolución fue dada por los jueces David Fallas Redondo, Christian Fernández Mora e Ivette Carranza, que conforman el Tribunal de Apelación de Sentencia de Cartago.

Líder continúa en prisión

El otro líder de la organización, Gery Alexander Campos Barrantes, deberá continuar en prisión a pesar de que la resolución también solicita se le revoque la medida cautelar de prisión preventiva.

Esto debido a que el Tribunal Penal de Cartago le impuso el pasado 20 de junio, 28 años de prisión como condena por otra causa judicial.

De esta sentencia deberá cumplir 20 años de cárcel por homicidio calificado en perjuicio de un menor de edad, así como otros 8 años por una infracción agravada de la Ley sobre estupefacientes, sustancias psicotrópicas, drogas de uso no autorizado, actividades conexas, legitimación de capitales y financiamiento al terrorismo.

En esa ocasión, el Tribunal absolvió a Campos Barrantes de 6 cargos entre los que se encuentran tentativa de homicidio, homicidio calificado, privación de libertad, asociación ilícita, legitimación de capitales, agresión calificada, robo y daños agravados.

Tribunal pidió aclaración a Sala IV

A inicios de mes, ll Tribunal de Apelación de Cartago solicitó una aclaración a la Sala IV antes de resolver la prisión preventiva y otras medidas cautelares que pesan sobre este grupo.

Así quedó consignado en una resolución dictada el 6 de julio pasado, a las 4:00 p.m. A este grupo se les investiga por el presunto delito de tráfico de drogas. El 1 de marzo pasado, una jueza había ordenado la libertad de todo el grupo, compuesto por un total de 22 personas.

Los jueces David Fallas Redondo y Ivette Carranza Cambronero, emitieron un voto de mayoría y el juez Christian Fernández Mora emitió un voto salvado.

Fallas Redondo y Carranza Cambronero indicaron en su, por tanto, que de previo a pronunciarse sobre la solicitud de prórroga de medidas cautelares, que fue planteado por el Ministerio Público, formularon una consulta a la Sala Constitucional en relación con el artículo 4 de la reforma a la "Ley de Creación de la jurisdicción especializada en delincuencia organizada en Costa Rica".

Dicho artículo ha sido objeto de discusión en materia penal, incluso en el "Caso Diamante", que busca eliminar las intervenciones telefónicas, aduciendo que fueron autorizadas cuando ya estaba vigente la Jurisdicción Especializada en Delincuencia Organizada en Costa Rica.

 

El Poder Judicial, ante consulta de este medio, la semana pasada indicó que no se podía definir el plazo de la medida cautelar interpuesta contra estas personas debido a que estaban a la espera de una resolución en la Sala Constitucional.

El caso que usted consulta no está corriendo el cómputo del plazo de la prisión preventiva porque el Tribunal de Apelación de Sentencia de Cartago (TAS) presentó ante la Sala Constitucional una consulta judicial de constitucionalidad, se le asignó el número de expediente:  22-015088-0007-CO.

Por ahora, la prisión preventiva está suspendida. Esto significa que se mantienen sujetos a la medida, pero el plazo no se les computa, no corre, se mantienen privados de libertad.

La consulta del TAS es en relación con la declaratoria de crimen organizado de este caso.

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