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INS advierte: corridas de toros deben contar con pólizas

Todas las corridas deben contar con los seguros de básica de accidentes, responsabilidad civil y riesgos del trabajo.

Por Ingrid Hidalgo | 22 de Dic. 2022 | 6:41 pm
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(CRHoy.com) El Instituto Nacional de Seguros (INS) hizo un llamado de atención a las organizaciones a que otorguen pólizas a los participantes de las corridas de toros, para así asegurar la integridad de todas las personas.

Según el INS, todos los eventos taurinos deben contar al menos con tres tipos de seguros: básica de accidentes, responsabilidad civil y riesgos del trabajo, los cuales deben ser la responsabilidad de los organizadores de estas actividades.

La entidad; sin embargo, no quiso decir si alguno de los eventos en específico que se desarrollan en la actualidad está incumpliendo con esa medida, bajo el alegato de que sus contratos son privados.

Esta medida también está establecida en la Constitución Política, la Ley General de la Administración Pública y la Ley de Promoción de la Competencia y Defensa Efectiva del Consumidor, donde señalan que es obligación de los organizadores de los eventos contar con seguros.

El Instituto señaló que en las corridas de toros se requieren tres seguros dedicados a tres diferentes grupos de personas, los seguros están divididos en trabajadores; asistentes o espectadores; y toreros y montadores improvisados.

Cada grupo de personas deben estar asegurados con diferentes pólizas adecuados al tipo de actividad que realiza dentro del torneo:

Para los trabajadores

Los trabajadores o empleados del evento deben tener la Póliza de Riesgos de Trabajo, así se señala en el artículo 193 del Código de Trabajo.

En ese artículo se indica:

‘Todo patrono, sea persona de Derecho Público o de Derecho Privado, está obligado a asegurar a sus trabajadores contra riegos del trabajo por medio del Instituto Nacional Seguros, según los artículos 4 y 18 del Código de Trabajo. La responsabilidad del patrono, en cuanto a asegurar riesgos del trabajo, subsiste aún en el caso de que el trabajador esté bajo la dirección de intermediarios, de quienes el patrono se valga para la ejecución o realización de trabajos".

Para los asistentes o espectadores

En el caso de los asistentes o espectadores, el INS indicó que deben estar asegurados con un Seguro de Responsabilidad Civil para Espectáculos Públicos.

Este seguro está diseñado, según el Instituto, para "amparar las sumas que el Asegurado se vea obligado legalmente a reconocer, por concepto de Responsabilidad Civil, por lesión y/o muerte de terceras personas y/o daños a la propiedad de terceras personas".

Para la póliza en espectáculos públicos, se necesita conocer el detalle del lugar donde se llevará a cabo la actividad, cuáles medidas de seguridad y el costo del local y cuántos participantes tendrá el evento.

El INS señaló que esta cobertura está activa "siempre y cuando el evento se origine dentro del predio asegurado descrito en el contrato".

Para los toreros y montadores improvisados

Los toreros y montadores improvisados deben tener la Póliza Básica de Accidentes Monto Nivelado, la cual cubre en caso de Muerte Accidental, Incapacidad Total o Parcial Permanente por Accidente y Gastos Médicos por Accidente. 

De acuerdo con el artículo 1 inciso c) del Decreto Ejecutivo 39315-S-SP-G del 01 de diciembre del 2015 sobre Reforma al Reglamento de Actividades Taurinas, los organizadores de las corridas de toros tienen la obligación de otorgar un seguro extendido por el INS y/o cualquiera otra entidad aseguradora.

Es decir, esta póliza la deben otorgar los organizadores, por lo que los toreros y montadores improvisados no la pueden adquirir de manera individual.

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