Grupo de estudiantes presentaron un recurso de amparo por Presupuesto Educativo
El pasado 29 de julio, un grupo de estudiantes interpusieron un recurso de amparo en contra del Estado por el Presupuesto Nacional de Educación en 2024, fundamentados en la "aparente vulneración a los derechos fundamentales y humanos que ello implica al no respetar el artículo 78 de nuestra Constitución Política".
Un mes después, el 28 de agosto del 2024, la Sala IV ordenó la notificación a la Ministra de Educación, Ana Katharina Müller, y al Ministro de Hacienda, Nogui Acosta, de los hechos alegados. A quienes se les otorgó un plazo de tres días hábiles para referirse al respecto, o en caso de no hacerlo, los alegatos serán tomados como ciertos y se dará lugar al recurso.
El amparo fue presentado por Daniela Chaves Matamoros (estudiante de Ciencias Políticas y Relaciones Internacionales), Raquel Loría Quesada (presidente de la FEUNA), Valentina Palacio Mora (presidente de la FEUCR), María Ortega Zamora (presidente de la FEUNED), Allison Vargas Molina (representante de la UTN) y Francini Mora Chacón (presidente de la FEITEC).
Dentro de las peticiones de los estudiantes sobresalen:
- Ordenar el cumplimiento inmediato del mandato constitucional establecido en el artículo 78 de la Constitución Política, asignando al menos el 8% del Producto Interno Bruto (PIB) del año 2022 al presupuesto de educación pública para el año 2024.
- Disponer la reasignación de los recursos necesarios para cumplir con este porcentaje, garantizando que todos los fondos destinados a la educación sean efectivamente utilizados para mejorar la calidad y el acceso a la educación pública en todos los niveles, desde la educación primaria hasta la universitaria.
- Ordenar al Ministerio de Hacienda, al Ministerio de Educación Pública, al Consejo Nacional de Rectores (CONARE) y al Poder Ejecutivo que, en las negociaciones y elaboración del Presupuesto Nacional para el año 2025 y años subsecuentes, se asegure el cumplimiento del 8% del PIB destinado a la educación pública.
- Ordenar al Ministerio de Educación Pública, al Ministerio de Hacienda, al CONARE y al Poder Ejecutivo a obedecer estrictamente lo estipulado en el artículo 78 de la Constitución Política de Costa Rica, garantizando que cualquier propuesta presupuestaria futura cumpla con la asignación del 8% del PIB a la educación pública.
