Gobierno presenta reforma para que órdenes sanitarias se notifiquen vía digital

Personas sospechosas o confirmadas deberían informar con quiénes estuvieron en contacto

El ministro de Salud, Daniel Salas, firmó la propuesta de reforma legal. (CRH).

El ministro de Salud, Daniel Salas, firmó la propuesta de reforma legal. (CRH).

(CRHoy.com) -Las notificaciones a personas sospechosas o confirmadas de enfermedades como el COVID-19 serían digitales, si prospera un proyecto de ley presentado este jueves por el Gobierno a la Asamblea Legislativa.

Se trata de una reforma al artículo 160 de la Ley General de Salud que fue remitida esta tarde por el Poder Ejecutivo al Congreso.

Según la propuesta, "ante una situación de sospecha o confirmación de un caso de enfermedad transmisible de denuncia obligatoria, el médico tratante deberá ordenar las medidas necesarias para evitar la propagación de la enfermedad, de acuerdo con las normas fijadas por las autoridades sanitarias".

Además, la persona cuyo caso sea sospechoso o confirmado de enfermedad transmisible de denuncia obligatoria, deberá señalar al médico tratante una dirección de correo electrónico para recibir notificaciones, las cuales, de acuerdo con el texto propuesto, tendrá carácter personal.

El proyecto establece que la persona deberá informar a la autoridad de salud sobre con quiénes estuvo en contacto directo o indirecto.

El paciente también "colaborará brindando la información de contacto como teléfonos y correos electrónicos, que permita informarles sobre el estado y la posibilidad del contagio. Lo anterior no exonera el deber que tiene el Ministerio de Salud de verificar la veracidad de la información de contacto y actualizarla en caso de ser necesario".

De acuerdo con la iniciativa, la información recabada por el médico tratante deberá ser comunicada al Ministerio de Salud en el plazo de 24 horas, según el procedimiento que se disponga de manera reglamentaria. La misma se deberá manejar bajo el deber de confidencialidad.

"Una vez constatada la información de contacto brindada por la persona sobre terceras personas con quienes haya entrado en contacto, y tras obtener el consentimiento informado de dichas terceras personas, el Ministerio de Salud podrá utilizarlos como medio de notificación", indica el texto.

El proyecto agrega: "los correos electrónicos señalados se utilizarán por el Ministerio de
Salud como medio de notificación a las personas en contacto de la persona sospechosa o confirmada de un caso de enfermedad transmisible, que tendrá el efecto de notificación personal. En casos excepcionales debidamente justificados y acreditados de personas que no cuenten con una dirección de correo electrónico, la notificación deberá realizarse de manera personal".