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¿Qué plantea la reforma del Gobierno para aflojar la regla fiscal?

Plantea excluir a empresas públicas en régimen de competencia

Por Alexánder Ramírez | 8 de Sep. 2022 | 12:26 am

Rodrigo Chaves, presidente de la República. (Archivo/CRH).

(CRHoy.com) -El gobierno de Rodrigo Chaves busca ahora suavizar la regla fiscal -un tope al crecimiento del gasto público- mediante una reforma a la Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas.

El Poder Ejecutivo envió este miércoles al Congreso un proyecto de ley que pretende aflojar esa norma, creada por la Asamblea Legislativa en 2018, y así elevar el gasto público.

Así lo sostuvo la diputada Paulina Ramírez, del Partido Liberación Nacional (PLN) y presidenta de la Comisión de Asuntos Hacendarios de la Asamblea Legislativa.

La modificación a la regla fiscal que están presentando en el Título IV de la Ley 9635 (Fortalecimiento de las Finanzas Públicas) es evidencia de que también existe una intención de flexibilizar la regla. Pese a que coincidimos en algunos temas que trae incluidos este proyecto, creo que también hay suficientes argumentos dentro del texto como para flexibilizar y que les permita aumentar el gasto en un momento en el que estamos ante una situación crítica con un alto endeudamiento y que requerimos tener muchísima disciplina fiscal.

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CRHoy.com también consultó a legisladores de otras agrupaciones políticas, pero respondieron que no opinarán hasta que no estudien el texto propuesto por el Ejecutivo.

La propuesta

Rodrigo Chaves, presidente de la República, y Nogui Acosta, ministro de Hacienda. (Archivo/CRH).

La iniciativa de ley, que se tramitará bajo el expediente 23.330, plantea un conjunto de modificaciones a la Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas que flexibilizarían la regla fiscal, según reconoció la diputada Ramírez.

La reforma plantea exceptuar de la regla a las siguientes entidades y gastos:

  • Toda empresa pública o institución autónoma que participe de forma directa en cualquier actividad comercial, empresarial o abierta al régimen de competencia, salvo en aquellas situaciones en que sean destinatarias de transferencias corrientes provenientes del presupuesto nacional, en cuyo caso se aplicará la norma a los gastos corrientes que se financien con dichas transferencias.
  • Los entes públicos no estatales, salvo en aquellas situaciones en que sean destinatarios de transferencias corrientes provenientes del presupuesto nacional, en cuyo caso se aplicará la regla fiscal a los gastos corrientes que se financien con dichas transferencias.
  • Los recursos que reciben los entes y órganos del sector público como resultado de la presupuestación de empréstitos internacionales, así como producto de donación del sector externo, cuya finalidad sea la formación de capital según la definición del clasificador económico del gasto público. También incluye a los remanentes de recursos externos que se revalidan automáticamente de acuerdo con la Ley de la Administración Financiera de la República y Presupuestos Públicos.
  • Pago de intereses y comisiones de la deuda incorporados en el presupuesto nacional. De acuerdo con el texto propuesto, el pago de intereses consume una parte sustantiva del presupuesto nacional y se constituye en una obligación ineludible por las graves consecuencias que traería consigo un incumplimiento en el pago del servicio de la deuda. "Debe señalarse que el pago de intereses y comisiones se constituye en una erogación que no es de manejo discrecional del Ministerio de Hacienda, ya que depende de otra serie de variables que no están sujetas al control de este Ministerio, como son el stock de la deuda, los movimientos en las tasas de interés, el tipo de cambio, vencimientos, calificación de riesgo país, entre otros".
  • Los pagos que realiza el Consejo Técnico de Aviación Civil (Cetac) relacionados con el Contrato de Gestión Interesada del Aeropuerto Internacional Juan Santamaría y el Contrato de Concesión de Obra Pública con Servicio del Aeropuerto Internacional Daniel Oduber Quirós.
  • Montos ordenados en ejecución de sentencias judiciales en firme para dar cumplimiento a lo ordenado por una autoridad judicial y evitar daños a la Hacienda Pública derivados de la generación de intereses corrientes y moratorios.

Otras flexibilizaciones

Marta Acosta, contralora general de la República. (Archivo/CRH).

En la reforma legal enviada al Congreso, también se propone una modificación para excluir al gasto de capital de la regla fiscal y que el tope al crecimiento del gasto aplique únicamente al gasto corriente, a pesar de que el Gobierno reconoce en el texto que el país se encuentra en el escenario más gravoso de la relación deuda/Producto Interno Bruto (PIB).

La justificación para excluir al gasto de capital de la regla fiscal es que "la recuperación económica del país requiere darle prioridad a la inversión pública para el logro de impactos en la generación de empleo y en la competitividad de la economía".

El proyecto, además, pretende introducir las siguientes modificaciones a las cláusulas de escape a la regla fiscal:

  • En caso de que se declare estado de emergencia nacional cuya atención implique una erogación de gasto corriente igual o superior al 0,3% del PIB. La suspensión de la aplicación de la regla fiscal no podrá exceder de dos ejercicios presupuestarios.
  • En caso de que la economía atraviese por una recesión económica o se tengan proyecciones de crecimiento económico inferiores al 1%, la declaratoria la hará el Ministro de Hacienda y el Presidente de la República, previo informe rendido por el Banco Central de Costa Rica (BCCR). Esta excepción se podrá mantener vigente hasta por un periodo máximo de dos años consecutivos, en aquellos casos en que persista una situación económica en la que el PIB real se mantenga por debajo del nivel anterior al del PIB real que motivó la excepción.

La reforma legal que ahora impulsa el Gobierno para suavizar la regla fiscal se suma al decreto ejecutivo que el presidente Chaves y su ministro de Hacienda, Nogui Acosta, firmaron el pasado 22 de junio para flexibilizar esa norma.

Ese decreto -según advirtió posteriormente la contralora general de la República, Marta Acosta, tiene "riesgos y efectos muy serios".

"Se daría un mayor margen de crecimiento para el gasto devengado del presupuesto nacional. Esto favorecería principalmente el gasto corriente, lo que postergaría el retorno a la senda de la sostenibilidad y podría generar expectativas negativas en torno al compromiso con la búsqueda de la consolidación fiscal", dijo la Contralora el pasado 29 de junio.

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