Funcionarios denuncian que directora de Recursos Tecnológicos del MEP incumpliría Ley de Teletrabajo
Directora modificó la implementación de teletrabajo donde funcionarios pasaron de asistir 2 días a 3 de manera presencial.
(CRHoy.com).-Funcionarios de la Dirección de Recursos Tecnológicos en Educación (DRTE) del Ministerio de Educación Pública (MEP), denuncian que directora de dicha área, Fressy Aguilar, aparentemente incumpliría con la ley de teletrabajo.
A los trabajadores, se les modificó la implementación de teletrabajo, donde pasaron de asistir 2 días a 3 de manera presencial, sin embargo, los mismos pidieron una respuesta del porqué del cambio, ya que a otros funcionarios no se les modificaron los días.
Piden un trato igualitario porque si algunos funcionarios de la DRTE y los funcionarios que se integran provenientes del PRONIE-MEP- FOD sí se les va a mantener el teletrabajo según circular DVM-A-DRH-011-04-2023, dándose un trato diferenciado injustificable y afectándoles de forma negativa.
A lo largo de 10 meses han denunciado ante los órganos correspondientes estas situaciones producto de una gestión deficiente; con respeto al debido proceso iniciaron con ella, continuaron con el viceministro académico, la ministra, los órganos internos de investigación del MEP como la Auditoría Interna, la Contraloría de Servicios e incluso departamentos legales de colegios profesionales y organizaciones sindicales que los cobijan, sin recibir una respuesta ni resolución satisfactoria, detalló el representante de los funcionarios, Jorge Ballestero en dicha denuncia.
No obstante, según se indica en el OFICIO N° 09436-2023-DHR, los funcionarios emitieron varias consultas a la directora, sin embargo, las mismas nunca fueron atendidas por la misma.
"No existe una comunicación asertiva, clara y oportuna de parte de la señora Aguilar hacia las jefaturas y demás personas funcionarias, esto a pesar de que hacen uso de la vía oficial para comunicarse con ella, ya que no responde correos electrónicos, cartas o consultas que se le hacen, violentando así el derecho de información tutelado y establecido en la normativa legal costarricense", agregó Ballestero en dicho informe.
Ante esto, la Defensoría de los Habitantes detalló en el informe, que tras conocimientos que obtuvieron por parte de los denunciantes, los contratos están siendo revisados y autorizados por Aguilar, en su condición de Directora, y se le ha dado también la potestad al señor Ronny Rodríguez -Subdirector de la DRTE- de firmarlos, lo que va en contra de lo dispuesto en la norma vigente y pone en riesgo el cumplimiento de las responsabilidades que se le otorga a las jefaturas inmediatas.
"De lo que establece la norma, se tiene claro que el contrato es un acuerdo voluntario entre las partes, siendo estas la jefatura inmediata y el trabajador, en este caso ni la señora Aguilar ni el señor Rodríguez tienen la condición de jefaturas inmediatas. Véase lo que indica el artículo 7 de la Ley n.°9738 "Ley para regular el teletrabajo", detalló la Defensoría.
Asimismo, se detalla que la ministra de Educación, Anna Katharina Müller, ha sido prevenida por parte de informes remitidos por la Contraloría de Servicios del mismo MEP DCS-DAT-1159-2023 y otros de que se debe sancionar a los funcionarios que no han contestado en tiempo y forma, así como funcionarios públicos, sin embargo, la ministra no ha comunicado las medias que tomará al respecto.
Ante esto, la Defensoría logró determinar que existe una omisión de respuesta por parte de la directora de la DRTE, Fressy Aguilar, con respecto a las múltiples consultas que se han hecho. Por ello, recomendó a Aguilar lo siguiente:
"Proceda a contestar de manera concreta el oficio n.° DVM-AC-DRTE-GESPRO-073-2022, con fecha 23 de noviembre 2022. Proceda a remitir a la Defensoría de los Habitantes, copia de las respuestas emitidas a los interesados, en ambos casos.
El no acatamiento injustificado de las recomendaciones de la Defensoría de los Habitantes puede ser objeto de una recomendación de amonestación para el funcionario que las incumpla o, en caso de incumplimiento reiterado, de una recomendación de suspensión o despido.
En virtud de lo anterior, y con fundamento en el artículo 32 del Reglamento a la Ley de la Defensoría de los Habitantes, los órganos públicos deben, en el plazo de QUINCE DÍAS HÁBILES, a partir del día siguiente a la notificación de este informe final, remitir a la Defensoría de los Habitantes un informe de cumplimiento de las recomendaciones formuladas", se concluye en el documento.
Se intentó localizar vía telefónica a Aguilar para que se refiriera a la situación, pero no se obtuvo respuesta.
