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Fiscalía pide frenar liberación de reos por parte de Justicia: alega daño a la sociedad

Fiscal presentó acción de inconstitucionalidad contra Justicia y Adaptación Social

Por Johel Solano | 22 de Dic. 2022 | 9:02 am

(CRHoy.com) El Fiscal General de la República, Carlo Díaz Sánchez acudió a la Sala Constitucional y pidió que se frene el otorgamiento de beneficios carcelarios a privados de libertad por medio del Ministerio de Justicia.

Díaz presentó una acción de inconstitucionalidad contra 33 artículos que regulan la ubicación de personas sentenciadas a cumplir una pena de prisión en el "Nivel de Atención Seminstitucional".

Según informó el Ministerio Público, el señalamiento del Fiscal expone que las autoridades penitenciarias no tienen la facultad de modificar una sentencia o autorizar la libertad anticipada de la persona sentenciada a una pena privativa de libertad.

"El reglamento y la circular en cuestión resultan inconstitucionales, porque tal y como es puesto en práctica por las autoridades penitenciarias, conlleva a que estas se arroguen una competencia jurisdiccional y legal que no les corresponde, al otorgar la "libertad anticipada" de una persona que debía estar privada de libertad según sentencia firme, facultad que está reservada al órgano jurisdiccional y al poder legislativo en lo relativo a la creación de dichos beneficios", explicó el Fiscal General.

El funcionario detalló que los entes penitenciarios deben ejecutar los fallos judiciales y custodiar a las personas privadas de libertad, mas "no tiene la facultad de modificar una sentencia o autorizar la libertad anticipada de la persona sentenciada a una pena privativa de libertad", añadió Díaz Sánchez.

La acción presentada es contra el Ministerio de Justicia y Paz, y la Dirección General de Adaptación Social.

Daño a la sociedad

El Fiscal Díaz alegó ante la Sala que el otorgamiento de beneficios carcelarios generan una afectación importante en la sociedad costarricense. Por ejemplo, cita casos concretos como:

Un hombre sentenciado a 3 años y 4 meses por un delito de robo agravado, sanción que debía cumplir en la cárcel. Sin embargo, mediante una valoración realizada por las autoridades penitenciarias, estas decidieron ubicar a la persona en el Centro de Atención Seminstitucional de Cartago.

El 17 de noviembre del 2018, cuando el sentenciado estaba en libertad, cometió hechos delictivos graves, entre ellos un femicidio, un homicidio simple, una tentativa de homicidio simple, daños agravados e incendio y explosión. Por estos delitos, el hombre fue declarado culpable el 29 de agosto del 2019, por el Tribunal Penal de Cartago, en la causa 18-000276-988-PE.

"Este caso es una muestra del deficiente análisis que hicieron las autoridades accionadas sobre la posible reincidencia en que podía incurrir el sentenciado, además de que el hecho se produjo durante el tiempo en que dicha persona debía estar descontando la pena por el robo agravado, en la causa 13-000030-0988-PE, en un centro penitenciario cerrado tal y como se ordenó en sentencia", enfatizó el jerarca.

Otro caso es la sentencia de 10 años de prisión impuesta por el Tribunal Penal del Segundo Circuito Judicial a una mujer, por dos delitos de inducción de error a la Administración Tributaria, fallo que quedó en firme en junio del 2020.

La imputada se mantuvo en fuga hasta el 2 de noviembre del 2021, cuando se logró su captura y fue puesta a la orden del Instituto Nacional de Criminología para que descontara la sentencia. No obstante, según el Fiscal General, a los pocos meses de estar en prisión fue puesta en libertad por parte de las autoridades penitenciarias, al concederle su "ubicación" en el nivel cuestionado, pese a la decisión del Tribunal que ordenó su ingreso a prisión.

Asimismo, se expone la problemática con reincidencia y que existen más personas en el sistema semiinstitucional que las cubiertas por monitoreo electrónico.

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