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Fiscalía: matrimonio entre dos mujeres “ya no constituye delito”

Resolución de la Sala Constitucional sobre parejas del mismo sexo fue la base para que la Fiscalía solicitara sobreseimiento

Por Josué Alvarado | 5 de Feb. 2019 | 12:39 pm

Laura Flórez-Estrada Pimentel y Jazmín Elizondo en la Marcha de la Diversidad. Foto CRH.

El Ministerio Público desistió en denunciar a dos mujeres que lograron inscribir su matrimonio gracias a un error en del registro, pues las uniones entre dos personas del mismo sexo "ya no constituyen un delito". Así lo informó la institución a CRHoy.com.

"El motivo de la solicitud (al Juzgado) se fundamentó en atipicidad, es decir, en que los hechos ya no constituyen delito", indicaron vía correo electrónico a este medio.

Este martes la Fiscalía solicitó el sobreseimiento definitivo en favor de las dos mujeres. En el 2015 Jazmín Elizondo y Laura Floréz – Estrada se casaron y lograron inscribir su matrimonio pese a que en Costa Rica estaban prohibidas las uniones entre personas del mismo sexo.

Fue posible porque Elizondo estaba registrada como de sexo "Masculino". Con este error de registro, el matrimonio estaba constituido legalmente entre un hombre y una mujer. Sin embargo, cuando trascendió el caso el Registro Civil las denunció, junto al abogado que ofició, Marco Castillo y los dos testigos de la boda.

El Ministerio Público, incluso, presentó inicialmente una acusación por matrimonio ilegal y falsedad ideológica. Sin embargo, el proceso se detuvo pues en la Sala Constitucional se discutía la legalidad de las uniones entre dos hombres o dos mujeres.

"La solicitud (de archivar la denuncia) de la Fiscalía se realizó en apego a la resolución de la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia, que acogió la opinión consultiva de la Corte Interamericana, en relación con el matrimonio entre personas del mismo sexo", indicó la Fiscalía.

El Juzgado Penal acogió la solicitud en todos sus extremos. 

En agosto del 2018 pasado los magistrados de la Sala Constitucional declararon inconstitucionales los artículos de la legislación costarricense que prohíben las uniones entre dos hombres y dos mujeres.

Además, dieron un plazo de 18 meses a los diputados para que legislen al respecto, respetando la figura del matrimonio y asegurando los mismos derechos que a las parejas heterosexuales, tal y como lo resolvió la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) en su Opinión Cons de enero del 2018.

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