Fabricio Alvarado descarta apoyar voto de censura a Nogui Acosta
(CRHoy.com) El jefe de fracción del Partido Nueva República (PNR) Fabricio Alvarado, descarta que él y su fracción respalden una moción de censura contra el ministro de Hacienda, Nogui Acosta.
El diputado señaló que si bien hay cuestionamientos sobre el actuar del jerarca de Hacienda, la interpelación que se realizó el pasado miércoles 28 de junio fue suficiente para señalar lo ocurrido.
"Creemos que con el instituto de la interpelación y el reclamo público que le hicimos es suficiente y que una moción de censura por un acto cometido por él puede desvirtuar un instituto que el constituyente visualizó de manera excepcional, de manera que Nueva República no apoyará la moción de censura", afirmó.
Por su parte, en un escueto mensaje, el jefe de fracción del Partido Unidad Social Cristiana (PUSC), Alejandro Pacheco, indicó que el tema será sometido a análisis por su bancada.
"Por las implicaciones técnicas y jurídicas de un voto de censura. La fracción estará tomando una decisión hasta los próximos días", afirmó.
Justificación
Las fracciones de Liberación Nacional, Liberal Progresista y Frente Amplio impulsando la moción contra Acosta, alegando que su actuar sobre el falso mega caso de fraude fiscal, han puesto en riesgo la lucha contra la evasión fiscal al utilizar recursos públicos para hacer una persecución política.
El voto de censura es una potestad que tienen los diputados según la Constitución Política y que para aplicarla se ocupan las dos terceras partes de los legisladores presentes.
Es decir si están los 57 diputados en el plenario se ocuparán 38 votos, pero con el quorum de ley, es decir, con 38 presentes, solo se ocupan 26 votos a favor.
Si todos los diputados del PLP, PLN y FA respaldan la moción sumarían 31 votos.
Sus alcances lo define la Constitución Política en el artículo 121, inciso 24.
"Censurar a los ministros, cuando a juicio de la Asamblea fueren culpables de actos inconstitucionales o ilegales, o de errores graves que hayan causado o puedan causar perjuicio evidente a los intereses públicos", indica la Carta Magna.
