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Órgano disciplinario no encontró faltas en viceministro despedido por Presidente

Jerarca del MSP acogió recomendación del Departamento Disciplinario Legal

Por Erick Carvajal | 9 de Mar. 2023 | 1:25 pm

(CRHoy.com).- Flora Bogantes Ovares, Viceministra Administrativa del Ministerio de Seguridad Pública (MSP), exoneró de toda responsabilidad al exviceministro Randall Vega Blanco, quien fuera despedido por el presidente Rodrigo Chaves Robles, aduciendo pérdida de confianza.

"El funcionario fue destituido por pérdida de confianza, al permitir un proceso licitatorio para la compra de vehículos, que da la apariencia de haber sido diseñado para favorecer a una empresa en específico. Asimismo, el Gobierno de la República instruyó una investigación para establecer los hechos y posibles responsabilidades", indicaron por medio de un comunicado difundido el 4 de octubre del 2022 pasado.

Sin embargo, el 7 de marzo del 2023, mediante la resolución 1070-2023-DVA, la Viceministra Bogantes Ovares, acogió la recomendación del Departamento Disciplinario Legal del MSP, el cual determinó que se debía exonerar de responsabilidad disciplinaria a Vega Blando y a Carlos Torres Salas, Director General Administrativo y Financiero del MSP, "respecto a las faltas intimadas e imputadas en el presente procedimiento, por razones de hecho y derecho establecidas en el considerando quinto de la presente resolución (…)", se indica en el documento.

"Resultaría humana, material, física y profesionalmente imposible, pretender que el viceministro Administrativo y el Director General Administrativo y Financiero intervengan directamente y específicamente en cada proceso de contratación administrativa que se lleve a cabo en el Ministerio de Seguridad Pública, y consecuentemente en el resto de los micro procesos de la institución. Por esa razón, es que internamente se implementaron y desarrollaron protocolos, políticas e instructivos relacionados con la materia de contratación administrativa, a través de los cuales se establecen las personas que participarán en ellos, y sus respectivas responsabilidades", señala el Departamento Disciplinario Legal.

En el mismo documento se establece que el 25 de octubre del 2022 el procedimiento de la contratación se declaró infructuoso, según oficio MSP-DM-VMA-DGAF-DPI-702-2022, suscrito por Mario Alberto Umaña Mora, Director, Dirección de Proveeduría Institucional.

Vega Blanco dijo a CRHoy.com el 4 de octubre del 2022, que desconocía las razones de su separación y que no era el jefe del programa presupuestario, "de ninguno de los 7 programas presupuestarios del Ministerio de Seguridad Pública, yo no era el director de Transportes, no soy de la Proveeduría Institucional, no participo de las adjudicaciones, de ninguna de los cientos de licitaciones. Debe haber algo más de fondo, no sé qué, para que se indique eso, de verdad muy muy raro", indicó Vega.

Además, agregó: "me hicieron un acuerdo que textualmente dice así: 'cesar de su cargo como viceministro administrativo del Ministerio Público al señor Álvaro Randall Vega Blanco' (…) no indica la causa. Entonces yo me lo tomé con naturalidad porque me parece que estos son ciclos, cuando me pasan hace poquitos minutos el comunicado de Casa Presidencial, sí me toma con mucha sorpresa".

Chaves Robles, en conferencia de prensa luego del Consejo de Gobierno, el 5 de octubre del 2022, dijo que el responsable político de esa licitación era Vega Blanco, ya que en la misma se habrían introducido especificaciones técnicas que tendría un solo proveedor.

Sin embargo, el órgano del procedimiento disciplinario señaló que ni el Viceministro Administrativo ni el Director General Administrativo y Financiero, tienen injerencia directa en el precitado Macroproceso de compras públicas, tanto la Fase Previa como de Ejecución, los responsables directos son los Programas Presupuestarios, mientras que, en la Fase de Procedimiento, el responsable es la Dirección de Proveeduría y la Asesoría Jurídica.

"Aclarando que el dictado del acto final lo tiene el órgano encargado de la competencia, que en principio es el jerarca máximo de cada institución, quien tiene la competencia para el dictado del acto de adjudicación y la firma del contrato, según lo establecido en el numeral 106 de la Ley de Contratación Administrativa. No obstante, tanto el artículo 299 del Reglamento Ley de Contratación Administrativa, como el artículo 5 del Reglamento para el Funcionamiento de las Proveedurías Institucionales de los Ministerios de Gobierno, establecen la facultad del máximo Jerarca de delegar la decisión final a adoptar en los procesos de contratación administrativa, así como la firma de la respectiva orden de compra, en un funcionario u órgano técnico", señalaron.

Esto dijo el presidente Chaves el 5 de octubre del 2022:

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