Estos son los delitos que informe le atribuye a jerarcas de gobierno por destitución irregular de directivos del BN
Diputados de la Comisión para el Control del Ingreso y Gasto Públicos de la Asamblea Legislativa señalan varios posibles delitos por la destitución de la junta directiva del Banco Nacional (BN) y el nombramiento de directores temporales, realizados por la Presidencia de la República el año pasado.
Así lo indican en el informe aprobado este jueves por ese órgano legislativo, en el cual se recomienda a la Fiscalía General de la República investigar a los legisladores electos Stephan Brunner y Yara Jiménez, así como al vicepresidente electo de la República, Francisco Gamboa.
En el caso de Brunner, se le señalan los aparentes delitos de abuso y usurpación de autoridad, así como prevaricato.
Según el informe, Brunner, entonces vicepresidente de la República, habría cometido actos arbitrarios al abusar de su cargo al ordenar el cese de los directivos del BN el 28 de mayo de 2025, tras abrirles un cuestionado procedimiento administrativo a raíz del nombramiento de Rosaysella Ulloa como gerente general de la entidad, el 3 de septiembre de 2024.
Al ahora diputado electo por el Partido Pueblo Soberano (PPSO) le señalan haber usurpado funciones propias del Consejo de Gobierno, órgano que debía abrir el procedimiento contra los directivos del banco y ordenar su destitución basado en un informe técnico de la Superintendencia General de Entidades Financieras (Sugef).
En Costa Rica, el delito de usurpación de autoridad se castiga con prisión de un mes a un año, mientras que el de abuso de autoridad se sanciona con prisión de tres meses a dos años.
También los congresistas piden que se le investigue por los posibles delitos de prevaricato y nombramientos ilegales por la designación de la junta directiva temporal del BN el el mismo 28 de mayo de 2025.
El prevaricato en Costa Rica es un delito penal cometido por funcionarios, tanto judiciales como administrativos, que dictan resoluciones contrarias a la ley o basadas en hechos falsos, o a sabiendas de que son contrarias a derecho. Se castiga con prisión de dos a seis años.
De acuerdo con el informe, el nombramiento de los directores temporales, quienes fueron separados en octubre de 2025 por un fallo de la Sala Constitucional, se apartó de la normativa establecida por el Consejo Nacional de Supervisión del Sistema Financiero (Conassif) y de la Sugef, al no cumplir con los requisitos de idoneidad y experiencia.
Por su parte, los nombramientos ilegales se sancionan con 30 a 90 días multa.
Otros posibles delitos
Los legisladores también señalan otros posibles delitos por parte de otros actores involucrados en el caso:
- Directores temporalmente nombrados: en virtud de la falta de idoneidad para ejercer sus cargos y al constituirse en accionistas de las subsidiarias del Banco Nacional, habrían cometido los delitos de prevaricato y nombramientos ilegales. Además, se autonombraron como directores en las subsidiarias del banco sin cumplir con los requisitos de idoneidad.
- Maximiliano Alvarado Ramírez: ejerció como presidente del Banco Nacional de Costa Rica del 28 de mayo de 2025 al 10 de octubre de ese mismo año. Se le achaca haber mentido bajo fe de juramento ante la Comisión para el Control del Ingreso y el Gasto Públicos, al asegurar que nunca había sido cuestionado por su gestión como gerente en el entonces Banco Crédito Agrícola de Cartago y que no existía la intención de despedir a la gerente general del Banco Nacional, Rosaysella Ulloa, lo cual constituiría, en apariencia, los delitos de perjurio y falso testimonio. Los diputados se apoyan en un acuerdo de la junta directiva temporal mediante el cual se contrató a una firma privada de abogados para asesorar sobre los pasos a seguir para destituir a miembros de la alta gerencia del banco. En Costa Rica, los delitos de falso testimonio y perjurio se sancionan con prisión de uno a cinco años y de tres meses a dos años, respectivamente.
- Francisco Gamboa, vicepresidente electo, y Yara Jiménez, diputada electa por el PPSO: se solicita que se les investigue por el delito de tráfico de influencias. Esto porque Jiménez, a través de Gamboa, recomendó al Consejo de Gobierno el nombramiento de los miembros de la junta directiva temporal del BN, a pesar de que la mayoría no cumplía con los requisitos de idoneidad para el ejercicio de sus cargos. El delito de tráfico de influencias se castiga con pena de prisión de dos a cinco años en el país.


