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Establecen nuevos protocolos para casos de violencia a niños

Por Bharley Quiros | 21 de Abr. 2024 | 7:03 am

Imagen con fines ilustrativos.

Los diputados aprobaron en segundo debate y por unanimidad el expediente 23.695 una reforma para establecer nuevos protocolos que deberán aplicar las instituciones públicas para detectar y prevenir casos de violencia en niños, como el ocurrido con la bebé Keibril.

La niña Keibril García, de apenas 9 meses, fue raptada y posteriormente asesinada en abril del 2023.

Su madre, era una niña de apenas 12 años de edad, y su situación ya era conocida por el PANI, la Fiscalía de Cartago y el MEP.

Los diputados al investigar este caso concluyeron que existió una falla en los protocolos de las instituciones involucradas en atender estos casos.

La diputada del Partido Liberación Nacional (PLN) Montserrat Ruiz, impulsora de la ley, explicó que con estos nuevos protocolos se podrá aplicar una mejor detección, prevención de la violencia hacia los niños y adolescentes.

"Esta ley va a venir a unificar los protocolos de las instituciones para colaborar entre todos con una mejor atención", explicó Ruiz.

Agregó que obliga a todos los empleados públicos a capacitarse en torno a la detención y atención temprana de casos de violencia a niños y adolescentes.

También establece protección a los denunciantes.

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Protocolo de prevención

El texto aprobado indica que:

El Patronato Nacional de la Infancia (PANI), el Ministerio de Educación Pública (MEP), el Ministerio de Salud, el Ministerio de Justicia y Paz, el Instituto Nacional de las Mujeres (Inamu), la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS) y el Instituto Mixto de Ayuda Social (IMAS), en coordinación con el Poder Judicial y el Tribunal Supremo de Elecciones (TSE), así como sus respectivos órganos adscritos, deberán crear el "Protocolo de Coordinación Interinstitucional para la Protección de la Niñez y Adolescencia", el cual tendrá como fin la unificación de criterios de acción en la detección y atención de casos de violencia contra la niñez y adolescencia.

Este protocolo deberá ser revisado y actualizado cada 5 años.

Estas entidades deberán:

  • Establecer los factores de riesgo presentes en los casos de cualquier forma de violencia contra la niñez y adolescencia.
  • Determinar los mecanismos de coordinación y articulación entre las instituciones involucradas para atender las denuncias de violencia contra la niñez y adolescencia.
  • Crear mecanismos de acción interinstitucional que garanticen el adecuado seguimiento y trazabilidad de las denuncias de violencia contra la niñez y adolescencia.
  • Articular las acciones que se realizan en cada institución para atender los casos de violencia contra la niñez y adolescencia.
  • Garantizar la igualdad en el acceso de la niñez y adolescencia a los mecanismos que les permitan denunciar cualquier forma de violencia en su contra, así como a un adecuado acceso a la justicia.

El Poder Ejecutivo deberá reglamentar la presente ley en un plazo máximo de seis meses posteriores a su publicación.

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