En firme plan que protege a trabajadores que denuncien actos de corrupción
En la última sesión del plenario de este 2023, los diputados dieron el segundo debate al expediente 23.449, una propuesta que busca crear un fuero de protección especial para trabajadores del sector público y privado que denuncian actos de corrupción.
"Toda persona denunciante tendrá derecho a ser protegida contra las represalias laborales motivadas en la interposición de la denuncia, en virtud de lo dispuesto en la presente ley. Este derecho se garantizará con independencia de los motivos personales que tuvo la persona denunciante para denunciar", indica el texto aprobado.
Esta protección contra represalias laborales alcanza también a los trabajadores que funjan como testigos de estos actos.
El diputado del Frente Amplio (FA) Jonathan Acuña señaló como relevante esta reforma, ya que así como los diputados tienen un fuero especial que les protege para hacer denuncias en plenario, es necesario que los trabajadores públicos y privados que sean testigos de estos hechos, no tengan temor de denunciar.
La iniciativa establece una serie de prohibiciones sobre represalias laborales contra las personas denunciantes o testigos de actos de corrupción:
- La suspensión, despido, destitución o medidas equivalentes,
- Descenso o denegación de ascensos,
- Cambios desfavorables en las condiciones de trabajo, tales como funciones, horarios, lugar de trabajo o remuneración,
- Restricción o discriminación en la promoción u oportunidades de formación,
- Evaluación o referencias negativas con respecto a su desempeño laboral,
- Iniciación de acciones disciplinarias e imposición de medidas disciplinarias,
- Coacciones, intimidaciones, acoso u ostracismo en el ámbito laboral,
- Discriminación, o trato desfavorable o injusto,
- La terminación anticipada de un contrato de trabajo a plazo fijo o por tiempo determinado,
- La no prórroga del contrato a plazo fijo o por obra determinada, o su no tratamiento como contrato a plazo indeterminado, cuando subsistan las causas que lo originaron o su ejecución haya superado el plazo legal definido para su duración máxima,
- Anulación de una licencia o permiso otorgado por el empleador,
- Otros daños reputacionales, profesionales, financieros, sociales, daños psicológicos y físicos,
- Cualquier otra forma de represalia laboral contra la persona denunciante o testigo, sus familiares hasta cuarto grado de consanguinidad o afinidad, así como terceras personas relacionadas con estos cuando se genere en el mismo contexto laboral.
La nueva ley establece los requisitos para poder estar dentro del fuero de protección de la persona denunciante.
- Que denuncie la presunta comisión de un acto de corrupción.
- Que denuncie bajo la creencia razonable de que la información proporcionada demuestra la posible comisión del acto de corrupción, con base en pruebas o indicios.
"Además, el fuero de protección de esta ley le aplicará a los compañeros de trabajo, familiares hasta cuarto grado de consanguinidad o afinidad, así como terceras personas, que estén relacionados con el denunciante en el mismo contexto laboral y sufran represalias con motivo de la interposición de la denuncia", indica el proyecto aprobado en primer debate.
El proyecto pasa ahora al Poder Ejecutivo para su proceso final y sea Ley de la República.
