Embargan y condenan a Central de Radios a ₡471 millones por programa de Amelia Rueda
Denunciantes reclamaron aseveraciones "inexactas y agraviantes" de directora de Nuestra Voz contra empresa

(CRHoy.com) Una resolución del Juzgado Primero Civil de San José emitida el pasado 24 de febrero condenó a Central de Radios (CDR)- propietaria de varias emisoras en el país- al pago de ₡471.541.271.
La ejecución de sentencia también decreta el embargo de los bienes de la empresa, recaído sobre las cuentas corrientes, cuentas de ahorros y cualquier valor que posea en el sistema financiero. Respecto a los bienes muebles inmuebles se quedó a la espera de que el demandante indique cuáles incluir en el proceso de embargo.
El caso tiene que ver con manifestaciones supuestamente "inexactas y agraviantes" emitidas por la periodista Amelia Rueda Ahumada en el programa Nuestra Voz -que se transmite a través de Radio Monumental– en contra de la empresa Sicsa.
En dicho programa, Rueda leyó un artículo publicado por el diario La Nación el 7 de octubre del año pasado, titulado "Empresa ligada a Figueres es modelo de la iniciativa", relacionada con el tema del control y etiquetado de licores.
Se dijo en ese momento que la empresa supuestamente tenía una condena en Brasil, lo cual fue descartado por la compañía. La Nación publicó el derecho de respuesta el 13 de octubre y a Rueda también se le hizo la misma solicitud. Sin embargo, según la parte reclamante, el derecho de respuesta no se publicó en las mismas condiciones y parámetros de equivalencia y proporcionalidad. Se alegó que se hizo un sábado, cuando hay mucho menor audiencia, mientras que los comentarios de Rueda habían sido un lunes y tardaron "más de 35 minutos":
En el caso que ahora se conoce, resulta que aquella comunicación inicial se produjo un día lunes, pero la rectificación y respuesta fue leída un día sábado, a pesar que de manera clara y expresa, la Sala dispuso que tal lectura se realizara en «condiciones equivalentes». Así, de conformidad con lo dicho, la lectura del texto aprobado por la Sala dista de haberse realizado respetando el referido «principio de equivalencia», de donde debe concluirse que el derecho de rectificación y respuesta no ha sido respetado por el medio de comunicación, y, en consecuencia, debe declararse con lugar esta gestión de desobediencia, ordenando la debida lectura del texto aprobado por esta Sala bajo las condiciones establecidas en la parte considerativa de la sentencia 2020-25269, y lo señalado en el por tanto de esta nueva resolución.
La solicitud de derecho de respuesta se presentó el 11 de octubre de 2019 y la lectura se produjo hasta el 25 de enero de 2020, ya vencido el plazo que otorga la ley y luego de la primera orden emitida por la Sala IV.
Como parte de las decisiones de los magistrados se dispuso condenar a Central de Radios por las costas procesales así como los daños y perjuicios. Estos daños fueron cuantificados por la empresa demandante y solicitados ante el Juzgado, en la resolución en donde se estableció el monto.
CRHoy contactó al abogado que representa a Sicsa en el país, pero hasta el momento de la publicación de este artículo la empresa no había comunicado si se referiría o no al caso.
Por su parte Fernando Contreras, presidente de CDR y del Grupo Repretel, afirmó vía correo electrónico que aún no han sido notificados formalmente de ningún proceso de ejecución de sentencia.
"Central de Radios cumplió en su oportunidad con lo ordenado por la Sala Constitucional al resolver un recurso de amparo. El proceso de ejecución de sentencia que usted menciona probablemente se refiere al cobro de daños y perjuicios. En cuanto recibamos la notificación formal de parte de la autoridad judicial, atenderemos el proceso como corresponde y por supuesto seremos respetuosos de lo que se resuelva en sentencia firme como lo hemos hecho siempre", indicó Contreras.
La resolución del Juzgado estableció la ejecución de la sentencia y el embargo únicamente contra Central de Radios a pesar de que la solicitud inicial era contra Amelia Rueda por su condición de directora de Nuestra Voz. Este es un programa que no pertenece ni a Central de Radios ni al grupo Repretel, sino que funciona como un espacio ajeno que la conductora paga.
"Se rechaza parcialmente la presente ejecución de la sentencia establecida contra la señora Amelia Rueda Ahumada, en su condición personal como directora, propietaria del programa Nuestra Voz a fin de responder con sus bienes, toda vez que de la lectura de la sentencia dictada por parte de la Sala Constitucional (…) se desprende que no se dispuso una condena de forma expresa en su condición personal, para responder personalmente con su patrimonio, por las costas, daños y perjuicios, lo que hace imposible ejecutar la sentencia en su contra", indica el Juzgado.
De momento se desconoce si Central de Radios y el grupo Repretel ha realizado alguna gestión con la dueña de Nuestra Voz respecto a los alcances de la condena.