Logo

Directorio Legislativo aprobó escolta para Rodrigo Arias

Administración impulsa cambios en la normativa interna de puestos para que ese acompañamiento sea permanente

Por Bharley Quiros | 24 de Mar. 2024 | 12:02 am

Rodrigo Arias, presidente del Congreso. Foto: Asamblea.

El Directorio Legislativo, que es la máxima autoridad administrativa de la Asamblea Legislativa, acordó dotar de una escolta para el presidente del Congreso, en este caso, el diputado verdiblanco Rodrigo Arias Sánchez.

La decisión se tomó en la sesión del Directorio del pasado 29 de noviembre del 2023.

Según el acta, 72-2023, los 3 miembros del Directorio, que además de Arias lo integran la diputada socialcristiana María Marta Carballo (primera secretaria) y el oficialista Manuel Morales (segundo secretario), conocieron la posición de la directora ejecutiva del Congreso, Karla Granados quien manifestó el interés de la administración para que el presidente de la Asamblea cuente con una escolta permanente.

"La Dirección Ejecutiva solicitó a legal que emitiera un criterio acerca del acompañamiento de una persona experta en seguridad para que acompañe al presidente, tanto a lo interno como a lo externo, de la Asamblea Legislativa a nivel no solo de la GAM, sino fuera de la GAM, y el criterio vertido de Asesoría Legal es que precisamente los presidentes de otros supremos poderes tienen este acompañamiento", comentó Granados, según el acta.

"Esto basado en los últimos acontecimientos sobre la inseguridad que vive el país, entonces la Dirección Ejecutiva consideró oportuno que el señor presidente sea acompañado por una persona tanto dentro de la GAM como fuera cuando esté cumpliendo sus funciones como presidente", agregó la funcionaria.

En el acta, Arias se limitó a indicar que estaba de acuerdo y el asunto se sometió a votación y aprobación de forma unánime.

La administración tomó entonces el acuerdo de destacar a un agente de seguridad del Congreso de apellido Solano, como destacado en la presidencia de la Asamblea Legislativa, para dar acompañamiento al presidente.

"No como escolta permanente, debido a que esta figura no está contemplada dentro del Manual Descriptivo de Clases, por lo que solo le acompaña en actividades oficiales", indicó la Dirección Ejecutiva.

Criterio legal

El verdadero interés es establecer una "escolta permanente" para Arias, pero el criterio del Departamento Legal del Congreso advirtió que no existe esa figura dentro del manual de puesto del Congreso.

Por lo que se tomó el acuerdo de instruir al Departamento Legal, a Recursos Humanos, Servicios Generales y al Área de Seguridad emitir una propuesta con los ajustes requeridos para la modificación del Manual Descriptivo de Clases de la Asamblea Legislativa así como el Reglamento de Potestades, Deberes y Responsabilidades de la Unidad de Seguridad de la Asamblea Legislativa con la finalidad de establecer la figura de "escolta permanente" para el cuido y resguardo de la figura del Presidente de la Asamblea Legislativa.

¿Qué argumentos estableció la administración para concretar esta plaza?

Granados emitió el oficio AL-DREJ-OFI-0706-2023, el pasado 20 de setiembre del 2023, donde señala los siguientes hechos:

Primero que el presidente del Congreso, es la cuarta persona en la sucesión de la presidencia de la República, "lo que hace necesario e indispensable que se hagan consideraciones en torno a su seguridad e integridad".

Segundo la posibilidad que como presidente del Congreso, sea abordado por personas que le piden solucionar diversos problemas o le piden ayuda, aun cuando esto escapa a sus competencias.

"Un buen sector de la población no tiene claro cuáles son las funciones de cada uno de los miembros de los Supremos Poderes, del funcionamiento del Estado o de la asignación de competencias legales a las instituciones públicas y sencillamente, conciben al Presidente de la Asamblea Legislativa como la persona que tiene, ya solo por esa condición, la capacidad de resolver sus problemas. Esto, aunado a la insuficiencia de dotación de bienes materiales e inmateriales para proveer al ciudadano que se experimentan en nuestros días; es un perfecto 'caldo de cultivo' en contra de la seguridad e integridad personal", señala el documento de Granados.

Otro elemento que se pone en la palestra es el auge de las redes sociales, donde ha aumentado el discurso de violencia política.

"Estos medios se han convertido en uno de los principales espacios donde se manifiesta esa violencia contra personas vinculadas a la función pública. Evidentemente, los presidentes de los Supremos Poderes no escapan a esta forma de violencia en el escenario político; por el contrario, son el primer flanco de amenazas de algunos insensatos", indica el oficio.

Se argumenta además que el presidente del Congreso es el único mandatario de los supremos poderes que no cuenta con seguridad permanente.

"Incluso la tiene el del Tribunal Supremo de Elecciones. Ellos son escoltados y resguardados, no solo en actos de carácter oficial, sino en todo momento, porque es precisamente en esas actividades no oficiales y cotidianas, en las que podría acaecer un atentado contra su seguridad e integridad física", se indica como justificación.

"Los niveles de violencia política exacerbados de la actualidad justifican que se dote de seguridad al Presidente de la Asamblea Legislativa, máxime si, como ocurre en el caso actual, se trata de una persona adulta mayor", agrega el informe.

Desde esa perspectiva, no resulta irrazonable ni desproporcionado dotar de seguridad, fuera del recinto legislativo, al actual Presidente, debido a que, por su condición de persona adulta mayor, puede ser objeto de un trato diferenciado, que está dirigido a resguardar su seguridad e integridad física.

La escolta de Arias lo acompañó en la sesión solemne que se hizo en San Carlos.

Escoltas en otros poderes

El informe del Departamento Legal (AL-DALE-PRO-0240-2023), que responde a la consulta de la Dirección Ejecutiva, refuta el argumento que otros presidentes de los supremos poderes tengan una escolta permanente.

"Según información aportada por el jefe de Despacho de la Presidencia de la Corte Suprema de Justicia, señor Roger Mata Brenes, el presidente de ese Poder no cuenta con escolta permanente. Indicó que únicamente se le proporciona dicha protección cuando se realiza un traslado a un lugar de alta peligrosidad", señala el documento.

Este informe explica que solo el Fiscal General y el director del Organismo de Investigación Judicial (OIJ), cuentan con escoltas y protección permanente para sí mismos y sus familias; ello debido a que se trata de puestos enfocados en perseguir delincuencia organizada, pandillas altamente organizadas, bandas profesionalizadas y sicarios tecnificados.

Se aclara además que el TSE tampoco cuenta con una escolta permanente, si no que se le brinda acompañamiento por un agente de seguridad interna, cuando deba trasladarse a alguna reunión específica; conforme con los protocolos de seguridad de ese Órgano Electoral.

En el caso del Poder Ejecutivo, este cuenta con su propia normativa al respecto, para la protección, entre otros, del presidente de la República, y que consta en el Reglamento sobre la Protección de los Jerarcas del Poder Ejecutivo y Dignatarios, del año 2016.

Reglamento que crea la Unidad de Protección Presidencial (UPP); y en donde se estipula que la protección que podrá ser temporal o permanente.

La conclusión de Legal es que la decisión de utilizar esa figura para la protección y seguridad de quien presida la Asamblea Legislativa, "es propia de este Poder de la República, al amparo del principio de separación de Poderes".

"Existen razones, de orden constitucional, como es la línea de sucesión del Presidente o Presidenta de la República, que justifican una protección especial en materia de seguridad, a quien presida la Asamblea Legislativa; máxime si, aunado a ello y desde el punto de vista técnico, se acredita un riesgo mayor, en los tiempos actuales, para la figura del Presidente o Presidenta de la Asamblea Legislativa", cierra el informe.

Comentarios
9 comentarios