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Diputados niegan que se vaya a gravar pensiones complementarias

Ottón Solís: "hay que corregir el texto; la intención es que no quede eso"

Por Alexánder Ramírez | 6 de Abr. 2018 | 12:07 pm

El diputado Ottón Solís reconoció que el texto no es claro, pero manifestó que la intención no es gravar pensiones complementarias y voluntarias. (Daniela Abarca/CRH).

El proyecto de ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas no busca establecer un impuesto del 15% a las pensiones complementarias y voluntarias, a pesar de que el texto es confuso.

Así lo aclararon este viernes los diputados Ottón Solís, del Partido Acción Ciudadana (PAC), y Sandra Piszk, del Partido Liberación Nacional (PLN), ambos miembros de la comisión especial de la Asamblea Legislativa que tramita el plan de reforma fiscal por medio de una vía rápida.

Solís reconoció que el texto está enredado, pero manifestó que la intención no es gravar con un 15% las pensiones complementarias y voluntarias.

"La intención es que eso no quede (en el texto), hay que corregirlo, si uno lee el articulado en conjunto, no es así. La intención es que eso no quede", reiteró.

El artículo 27 C, que corresponde a la materia imponible del impuesto a los ingresos y utilidades, indica: "Los planes de beneficio a los que se acojan los beneficiarios del Régimen Obligatorio de Pensiones, y los beneficiarios de los planes de pensiones voluntarios, según lo dispone la Ley de Protección al Trabajador, Ley No. 7983 del 16 de febrero del 2000 y sus reformas, salvo cuando deban tributar de conformidad con las disposiciones del Título II de esta Ley".

Sin embargo, el artículo 28 B de la misma normativa establece las rentas exceptuadas del pago del impuesto e indica: "Las rentas y ganancias de capital obtenidas por los fondos y planes de pensiones, así como el Fondo de Capitalización Laboral, referidos en el artículo 2 de la Ley No. 7983, Ley de Protección al Trabajador, del 16 de febrero de 2000, y sus reformas. Asimismo, las rentas y ganancias de capital obtenidas por los regímenes de pensiones especiales, referidos en el artículo 75 de la Ley No. 7983, Ley de Protección al Trabajador, del 16 de febrero de 2000.

Sandra Piszk: "el espíritu del proyecto y la opinión mía es que no se gravan las pensiones". (Daniela Abarca/CRH).

Piszk explicó que en el artículo 28 B queda claro que las pensiones no estarán sujetas al impuesto, aunque en en el 27 C es confuso.

"El espíritu del proyecto y mi opinión es que no se gravan las pensiones y si hay dudas, se debe corregir el texto", indicó.

Agregó que ella se comunicó con los representantes del Ministerio de Hacienda, quienes le indicaron que están revisando el númeral 27 C e insistió en se debe arreglar el texto para que no queden dudas.

El proyecto de fortalecimiento de las finanzas públicas incluye la creación del Impuesto al Valor Agregado (IVA) con una tasa del 13% y una base ampliada de bienes y servicios sujetos al tributo, reformas al impuesto sobre la renta y propuestas para ordenar el pago de incentivos salariales en el sector público.

La iniciativa será dictaminada por la comisión especial que la tramita el próximo martes y luego será remitida al Plenario para su discusión y votación.

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