Logo

Diputados ignoran advertencia del TSE y avanzan con ley que sería inconstitucional

Comisión de Asuntos Jurídicos dictaminó proyecto que obligaría a órgano electoral implementar "voto digital" en 2026

Por Carlos Mora | 18 de Abr. 2024 | 9:01 am

Cinco diputados de la Comisión de Asuntos Jurídicos de la Asamblea Legislativa desoyeron una advertencia  de los magistrados del Tribunal Supremo de Elecciones (TSE), acerca de la inconstitucionalidad de un proyecto de ley -impulsado por el oficialismo- para obligar al órgano electoral a implementar en las elecciones de 2026 "el voto digital o desde la casa".

A pesar de que los magistrados del TSE advirtieron desde el pasado 9 de abril a la Comisión que este proyecto es inconstitucional, este martes el proyecto impulsado por el oficialismo se dictaminó de manera afirmativa.

El proyecto es el 23.591, propuesto por el oficialista Alexander Barrantes. La iniciativa quiere reformar el artículo 169 del Código Electoral para  establecer la obligación del TSE de implementar "medios digitales de votación confiables y seguros, además del uso de papeletas".

Según la exposición de motivos del proyecto  "no se ha avanzado como se quisiera en mecanismos de votación electrónica" y aduce que existen "opciones tecnológicas seguras"  para generar una opción de "votación digital",  en la cual los electores puedan votar "sin salir de su casa desde un dispositivo móvil electrónico".

El oficialista Barrantes propone que se inicie en las elecciones de 2026 con un plan piloto de votación digital para los electores empadronados en el extranjero. Posteriormente, se extendería luego a quienes se encuentran en el territorio nacional durante los siguientes comicios nacionales y municipales de 2028 y 2030, respectivamente.

Magistrados del TSE: proyecto es inconstitucional 

El pasado 9 de abril los magistrados del TSE advirtieron a la Comisión de Asuntos Jurídicos de que este proyecto es inconstitucional. Los magistrados respondieron mediante el oficio TSE-0816-2024, en respuesta a una consulta de la Comisión sobre la propuesta de ley.

En su respuesta los magistrados explicaron a los diputados que la Constitución Política señala que el derecho fundamental al sufragio los ciudadanos lo ejercen "ante las juntas electorales en votación directa y secreta", por lo que existe un impedimento constitucional para la aplicación del voto digital.

"La preposición ante, como lo precisa el Diccionario de la Real Académica de la Lengua Española, significa frente a o en presencia de; en otros términos, las personas electoras deben votar frente a conciudadanos suyos que integran las juntas receptoras de votos, como organismos electorales normativamente ideados para recibir los sufragios. No es constitucionalmente válido que se pretenda vía ley ordinaria migrar a un voto "desde la casa" (en los términos del proyecto), pues ese mecanismo de votación no sería "ante" una junta electoral, con lo que se desconocería el procedimiento fijado por el propio poder constituyente originario. La reforma pretendida es inconstitucional y, en consecuencia, este Tribunal Supremo de Elecciones se ve en la obligación de objetarla", zanjó el TSE en su respuesta.

En razón de esto, los magistrados explicaron a los diputados que el cambio que quieren hacer debe hacerse mediante  reforma a la Constitución Política,  y no mediante una vía de ley ordinaria.

En otras palabras, si se quisiera introducir -en el ordenamiento jurídico costarricense- la votación digital, lo que debería plantearse es una discusión de reforma constitucional en torno al referido artículo 93 del texto político fundamental. Cualquier modificación normativa de inferior rango, tendiente a implementar un voto en línea, es ilegítima , subrayaron los magistrados.

El TSE además recordó a los diputados que la ley es clara en que dentro de los 6 meses anteriores y los 4 posteriores a la celebración de una elección popular, la Asamblea Legislativa no podrá  convertir en leyes los proyectos respecto de los cuales el órgano electoral se hubiese manifestado en desacuerdo.

¿Cómo votaron los diputados?

Pese a la advertencia de inconstitucionalidad del TSE, el proyecto de ley se dictaminó de manera afirmativa con los votos de 2 diputados del oficialismo y uno de cada una de las bancadas de Liberación Nacional (PLN), Liberal Progresista (PLP) y Unidad Social Cristiana (PUSC).

En contra votaron 2 diputados del PLN, 1 de Nueva República (PNR) y  1 del Frente Amplio (FA).

Minutos antes de la votación el diputado oficialista y proponente del proyecto, Alexander Barrantes -que no es miembro de la comisión- defendió la propuesta y dijo que mediante mociones se podría modificar el texto para que la medida aplicara a partir de 2028.

video-0-o1bnxu

La legisladora dijo que duda que el proyecto garantice la libertad y el secreto del voto. Además, respaldó la tesis del TSE en relación a que el cambio debe hacerse mediante una reforma a la Constitución Política.

video-1-irv8sg

Otros cuestionamientos del TSE

Además de la advertencia de inconstitucionalidad, los magistrados del TSE cuestionaron otros aspectos del proyecto de ley.

Mencionaron que la pretendida aplicación escalonada no se corresponde con el contenido del articulado de la propuesta. "No se incluye ninguna norma transitoria que atempere el enunciado normativo que se pretende introducir. Este Tribunal estaría obligado -sin ningún tipo de atemperamiento- a aplicar un mecanismo de votación digital", señala el documento en respuesta a la consulta de los diputados.

Los magistrados, también defendieron que la redacción actual del artículo del Código Electoral que se quiere reformar – el 169 – es la más adecuada, porque permite al TSE valorar cuál es el mejor momento para variar el mecanismo de votación, a partir de criterios técnicos.

A su vez, el TSE dijo que "no son de recibo" las afirmaciones que el diputado Barrantes hace en la exposición de motivos del proyecto acerca de que  "apenas el TSE se encuentra en análisis de su implementación" en materia de mecanismos de votación electrónica.

"…se han hecho importantes esfuerzos para establecer cuáles son las mejores y más seguras opciones tecnológicas para aplicarlas en las dinámicas comiciales; como se ha expuesto, una de las principales limitaciones para tener un avance significativo en este campo ha sido la disponibilidad de recursos. Con todo, debe recordarse que Costa Rica tiene el sistema de transmisión de resultados más eficiente y los procesos electorales más baratos de la región", defendió el TSE.

La respuesta del TSE a los diputados en la que advierte la inconstitucionalidad de este proyecto puede verla en este enlace. Respuesta TSE

El texto del proyecto de ley del diputado oficialista Alexander Barrantes y dictaminado con los votos del PLN, PLP y PUSC puede verlo en este otro enlace 23591

Comentarios
4 comentarios