Diputados de Gobierno votan en contra condonación de deudas
(CRHoy.com).-Los diputados del oficialismo votaron en contra al segundo debate del expediente 22.284, una iniciativa que autoriza a la Junta Directiva del Instituto de Desarrollo Rural (Inder) a condonar deudas de parceleros cuya monto sea inferior a los 10 millones de colones.
La iniciativa presentada por la anterior Asamblea Legislativa, fue retomada por el diputado verdiblanco Óscar Izquierdo y recibió el apoyo del resto de las fracciones de oposición.
"Este proyecto busca ayudar a las personas agricultoras y así colaborar con la población de mayor rezago socioeconómico", afirmó.
El diputado del Frente Amplio (FA) Ariel Robles recordó el voto en contra de los diputados de Gobierno y señaló que la decisión no se puede tomar como un regalo irresponsable a estos agricultores, como lo quiso hacer ver el oficialismo, ya que, los parceleros no pudieron pagar sus deudas debido a lo ocurrido en la pandemia y a la crisis económicas posteriores.
¿Qué hace el proyecto?
La condonación se podrá hacer en un término de cinco años e incluye las deudas pendientes de pago por concepto del principal e intereses corrientes, moratorias y póliza, por la asignación, a título oneroso, de predios otorgados durante el año 2005 y hasta el 29 de noviembre de 2012, por el Instituto de Desarrollo Agrario (IDA), a personas físicas o jurídicas, aunque los títulos de propiedad e inscripción se hubieran registrado con posterioridad a esa fecha.
Las personas físicas o jurídicas, cuyo monto total adeudado a la fecha de entrada en vigencia de esta ley, sea inferior a los 10 millones de colones, podrán solicitar ante el Inder la condonación total de sus deudas.
Para la obtención de los beneficios se deben cumplir los siguientes requisitos:
- Solicitud de beneficio de condonación ante el Inder.
- Aceptación de acuerdo para readecuación del saldo al descubierto.
- Justificar el uso actual de la propiedad, según uno o varios de los objetivos del desarrollo rural establecidos en la Ley 9036, Transformación del Instituto de Desarrollo Agrario (IDA) en el Inder, de 11 de mayo de 2012.
- Ninguna persona, física o jurídica, podrá recibir más de una condonación, sea total o parcial, a excepción de que adicionalmente se contemple un lote para vivienda.
- En el caso de personas jurídicas deberán presentar estados financieros que corroboren su imposibilidad de hacer frente total o parcialmente a la deuda.
- Para las personas físicas deberá demostrarse que clasifican en situación de pobreza o pobreza extrema, según los estándares de medición vigentes definidos por las instituciones rectoras en la materia.
