Diputados avanzan con plan para reglamentar salidas del país de quienes deben pagar pensión
Comisión de Asuntos Jurídicos dictaminó proyecto de ley
Los diputados de la Comisión de Asuntos Jurídicos de la Asamblea Legislativa dictaminaron de manera afirmativa un proyecto de ley para que los deudores de pensiones puedan solicitar, ante el Juzgado de Pensiones Alimentarias que conoce su expediente, la autorización temporal de salida del país por motivos laborales, de salud, o fallecimiento de familiar, hasta tercer grado de consanguinidad. Se trata del expediente legislativo 23.584.
La diputada del Partido Nueva República, Gloria Navas Montero, explicó que en octubre entra en vigencia el Código Procesal de Familia que deroga la Ley 7654, Ley de Pensiones Alimentaria y que es necesario que se mantenga la regulación en esta materia.
La propuesta menciona que el deudor alimentario podrá solicitar la autorización temporal de salida siempre y cuando demuestre que "está al día con el pago de la obligación alimentaria, ser trabajador asalariado, autorizar la deducción de planilla de la mensualidad de la pensión alimentaria, tener un récord de doce meses sin morosidad de pago de la pensión alimentaria y demostrar el motivo de salida del país.
Las autorizaciones temporales de salida del país se otorgarán por un plazo no mayor a 30 días naturales.
El plan pasará ahora a discusión en el plenario legislativo.
En septiembre de 2022 el plenario legislativo aprobó un proyecto de ley que postergó por 2 años el plazo para la entrada en vigencia del Código Procesal de Familia.
La entrada en vigor se pospuso porque era necesario analizar los requerimientos para la operativización de la nueva normativa y para implementar los cambios en la estructura organizativa necesarios en los despachos de familia, pensiones alimentarias y violencia doméstica a partir de la entrada en vigencia del Código.
