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Diputados aprueban régimen para sancionar a funcionarios y suplentes del Poder Judicial

Por Gustavo Martínez | 24 de Mar. 2026 | 4:54 pm

Los diputados aprobaron en primer debate un proyecto de ley que establece un régimen de sanciones a funcionarios, suplentes y elegibles dentro del Poder Judicial.

La iniciativa fue presentada por el presidente del Congreso, Rodrigo Arias Sánchez.

El proyecto clasifica las faltas en leves y graves y establece sanciones que van desde medidas menores (hasta 3 meses) hasta el despido y la exclusión de listas, según la gravedad de la infracción.

Régimen de sanciones

Esta ley se aplicará a todo funcionario judicial con nombramiento activo, ya sea propietario, interino o meritorio, cuando se le investigue por una posible falta.

También aplica a quienes estén con permiso (con o sin salario) o hayan cesado funciones, siempre que el procedimiento haya iniciado antes de finalizar la relación laboral.

Además, incluye a personas en listas de suplentes, elegibles o meritorias sin nombramiento activo, únicamente para efectos de su posible exclusión de dichas listas.

Clasificación de faltas

Según la legislación, las faltas se clasifican en graves y leves.

Faltas graves

Incluyen actos de corrupción, omisión de denuncia, acoso sexual o laboral, discriminación y abandono del cargo.

También abarcan:

  • Uso indebido de información o bienes públicos.
  • Manipulación dolosa de procesos, documentos o estadísticas.
  • Injerencia indebida en decisiones judiciales.
  • Errores o retrasos graves en la administración de justicia.
  • Incumplimiento de deberes, órdenes o evaluaciones deficientes reiteradas.
  • Comisión de delitos dolosos.

Faltas leves

Son conductas de menor gravedad o cometidas con culpa, como:

  • Faltas de respeto o abusos sin gravedad.
  • Inasistencias o retrasos injustificados.
  • Errores o retrasos no graves en funciones.
  • Uso indebido o negligente (no doloso) de recursos o documentos.

Criterios para calificar faltas

De acuerdo con el texto, se evalúan la gravedad, intención, daño causado, función afectada y circunstancias del hecho.

Sanciones

La iniciativa expone que dentro de las sanciones están la amonestación escrita, suspensión sin salario o despido sin responsabilidad patronal.

  • Faltas leves: sanciones menores (hasta 3 meses).
  • Faltas graves: sanciones mayores (hasta despido y exclusión de listas).

Aplicación de sanciones

Se basan en criterios de proporcionalidad, considerando:

  • Daño causado
  • Reincidencia
  • Jerarquía del funcionario
  • Historial laboral y conducta previa
  • Intención de ocultar la prueba

Tras la votación, el texto se someterá a segundo y último debate en el Plenario Legislativo el próximo 7 de abril.

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