Diputados aprueban régimen para sancionar a funcionarios y suplentes del Poder Judicial

Los diputados aprobaron en primer debate un proyecto de ley que establece un régimen de sanciones a funcionarios, suplentes y elegibles dentro del Poder Judicial.
La iniciativa fue presentada por el presidente del Congreso, Rodrigo Arias Sánchez.
El proyecto clasifica las faltas en leves y graves y establece sanciones que van desde medidas menores (hasta 3 meses) hasta el despido y la exclusión de listas, según la gravedad de la infracción.
Régimen de sanciones
Esta ley se aplicará a todo funcionario judicial con nombramiento activo, ya sea propietario, interino o meritorio, cuando se le investigue por una posible falta.
También aplica a quienes estén con permiso (con o sin salario) o hayan cesado funciones, siempre que el procedimiento haya iniciado antes de finalizar la relación laboral.
Además, incluye a personas en listas de suplentes, elegibles o meritorias sin nombramiento activo, únicamente para efectos de su posible exclusión de dichas listas.
Clasificación de faltas
Según la legislación, las faltas se clasifican en graves y leves.
Faltas graves
Incluyen actos de corrupción, omisión de denuncia, acoso sexual o laboral, discriminación y abandono del cargo.
También abarcan:
- Uso indebido de información o bienes públicos.
- Manipulación dolosa de procesos, documentos o estadísticas.
- Injerencia indebida en decisiones judiciales.
- Errores o retrasos graves en la administración de justicia.
- Incumplimiento de deberes, órdenes o evaluaciones deficientes reiteradas.
- Comisión de delitos dolosos.
Faltas leves
Son conductas de menor gravedad o cometidas con culpa, como:
- Faltas de respeto o abusos sin gravedad.
- Inasistencias o retrasos injustificados.
- Errores o retrasos no graves en funciones.
- Uso indebido o negligente (no doloso) de recursos o documentos.
Criterios para calificar faltas
De acuerdo con el texto, se evalúan la gravedad, intención, daño causado, función afectada y circunstancias del hecho.
Sanciones
La iniciativa expone que dentro de las sanciones están la amonestación escrita, suspensión sin salario o despido sin responsabilidad patronal.
- Faltas leves: sanciones menores (hasta 3 meses).
- Faltas graves: sanciones mayores (hasta despido y exclusión de listas).
Aplicación de sanciones
Se basan en criterios de proporcionalidad, considerando:
- Daño causado
- Reincidencia
- Jerarquía del funcionario
- Historial laboral y conducta previa
- Intención de ocultar la prueba
Tras la votación, el texto se someterá a segundo y último debate en el Plenario Legislativo el próximo 7 de abril.