Definen metodología para elección de Defensor Adjunto de los Habitantes

8 de Feb. 2024 | 10:07 am

Defensoría de los Habitantes.

La Comisión de Nombramientos de la Asamblea Legislativa definió la metodología para la elección de la Defensoría Adjunta de los Habitantes.

El presidente del Congreso, Rodrigo Arias, indicó el 1 de febrero pasado, que la actual Defensora de los Habitantes, Angie Cruickshank Lamber, presentó la terna para el nombramiento de la Defensoría Adjunta, con el fin de proceder a la recomendación al Plenario Legislativo para el nombramiento, con un plazo de hasta 30 días hábiles.

La terna se compone de la politóloga Argentina Artavia Medrano y los sociológicos, Adrián Portuguéz Guzmán y Fabián Campos Boulanger.

La comisión también acordó solicitar por escrito a la Defensora, cuáles fueron las razones que privaron para la escogencia de la terna enviada a esta Asamblea Legislativa. En un plazo de 8 días hábiles.

Los aspirantes deben presentar su curriculum vitae y una declaración jurada donde se indique que cumplen con los requisitos de ley para ocupar este cargo, que se encuentran al día con cargas sociales y tributarias con el Estado.

También que no tengan sanciones, quejas, investigaciones o procedimientos disciplinarios, administrativos o penales en su contra, durante los últimos 5 años, en el Poder Judicial, la Contraloría General de la República (CGR), la Defensoría de los Habitantes, la Procuraduría de la Ética Pública o bien, de cualquier otra institución pública en la que haya laborado.

La existencia o no de procesos de violencia doméstica en su contra. Además, en caso de figurar como deudor alimentario, indicar expresamente que se encuentra al día con el pago de sus respectivas obligaciones.

Y también están al día en el Colegio Profesional respectivo.

Esta documentación debe ser presentada a más tardar el 19 de febrero hasta las 5:00 p.m.

Escrutinio público

Tras este paso inicial se abre un tiempo para el escrutinio público donde, cualquier persona o institución podrá presentar ante la Secretaría Técnica de la Comisión objeciones a la candidatura de las personas postulantes al cargo.

La objeción debe estar referida a cuestionar el no cumplimiento de los requisitos previstos en la presente metodología o en las normas legales vigentes, así como aludir a la conducta o idoneidad de la persona postulante.

Para ello se dispone del siguiente correo electrónico: AREA-COMISIONES-IV@asamblea.go.cr.

Por último, la comisión convocará a los candidatos a una entrevista.

Concluidas dichas comparecencias, la Comisión podrá someter a votación el asunto a fin de recomendar al Plenario legislativo a una de las personas que integran la terna propuesta por la Defensora de los Habitantes de la República.

El procedimiento de votación será el siguiente: Se votará en rondas por cada persona postulante. Resultará electa la persona que obtenga la mayoría simple de los votos emitidos por las diputaciones presentes.

En caso de que varias personas estén empatadas se someterá a una segunda ronda de votación entre las personas que obtuvieron el mismo número de votos, en caso de persistir el empate, se repetirá la votación hasta obtener mayoría simple.

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